Cúcuta

EPS e IPS deberán eliminar autorizaciones para acceder a servicios y tecnologías en salud

La medida aplica para casos específicos

EPS e IPS deberán eliminar autorizaciones para acceder a servicios y tecnologías en salud

El Ministerio de Salud emitió la circular 019 del 23 de mayo, que obliga a las EPS, IPS y proveedores de tecnologías en salud, eliminar la autorización para el acceso a los servicios y dispositivos médicos en determinadas atenciones cómo:

  • Atención de urgencias.
  • Atención integral del cáncer infantil.
  • Atención del V1H/SSDA.
  • Atención del cáncer de adultos.
  • La prestación o provisión de servicios y tecnologías de salud relacionados con la implementación de las Rutas Integrales de Atención en Salud - RIAS.
  • Eventos en salud priorizados de acuerdo con la caracterización poblacional o el análisis de la situación en salud, así como aquellos eventos y condiciones en salud priorizados a través de la política pública.

También prohíbe poner cargas administrativas a los usuarios frente a la presentación de órdenes y trámite de autorización de servicios de salud.

El documento a su vez indica que el incumplimiento de las instrucciones impartidas darán lugar a la imposición de sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, previo agotamiento del debido proceso administrativo.

En el último año, según datos de la Superintendencia de Salud, se presentaron 76.404 reclamaciones a EPS por autorizaciones de servicios de salud a pacientes crónicos y de alto costo, 26,445 casos corresponden a pacientes enfermos de cáncer, lo que representa el 34.61% de los reclamos, y 21.896 a pacientes con enfermedades cardiovasculares, que equivalen al 28,67% de las quejas por esta causa

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