Rechazo en el Catatumbo por establecimiento de la ZUT para las disidencias por siete meses
Temen que no haya voluntad del grupo armado y no se cuente con garantías de seguridad.

Disidencias en el Catatumbo / Foto: Referencia / Archivo / Colprensa
Cúcuta
El gobierno Nacional emitió la resolución 161 de 2025 en la que se establece por siete meses la Zona de Ubicación Temporal para el frente 33 de las disidencias de las Farc en el área rural de Tibú.
Esto no fue bien recibido desde algunas organizaciones en la región por la falta voluntad que ha mostrado este grupo armado para avanzar en los procesos de paz.
“Un poco preocupados ante esta situación de la zona temporal que se le va a otorgar al Frente 33 de las FARC, para que se concentren para una posible dejación de armas durante los siete meses venideros, esto preocupa porque el Frente 33 de la FARC no ha mostrado garantías en el Catatumbo que quiere realmente la paz para los catatumberos o la paz para Colombia, no ha tenido ni una muestra y ha tenido todas las garantías del Gobierno Nacional. Allí hay cosas que han sucedido que la comunidad misma ha denunciado y que no se han atrevido a mencionar, por parte del Gobierno” dijo a Caracol Radio uno de los defensores de Derechos Humanos del Catatumbo.
Temen que no se cuente con las garantías suficientes y esta concentración de integrantes de las disidencias se preste para un aumento de la violencia en la región.
“Esto para nosotros no es ninguna garantía, esto para la comunidad tampoco es ninguna garantía, esto es una preocupación más, ver cómo el Frente 33 se empieza a concentrar y quizás a reorganizarse o a alguna estrategia bélica militar y no va a resultar con que de pronto una probabilidad de dejación de armas o una probabilidad de paz. Esto no va a resultar nada bueno” puntualizó el defensor.
Según lo establecido en la resolución, los integrantes de este grupo armado tienen un plazo de 45 días para llegar a este espacio, donde queda suspendida la ejecución de órdenes de captura, incluidas las órdenes con fines de extradición, y durante el traslado se debe entregar una lista previa de los integrantes del grupo armado, que deberá ser aceptada y acreditada por el Comisionado de Paz.