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¿Qué pasa si no cede la silla roja o azul en Transmilenio? Código de policía explica si hay multa

Le contamos qué pasa si usted no paga sus multas y las sanciones más comunes que podría tener en el Sistema Integrado de Transporte de Bogotá.

Pasajes gratis TransMilenio 2025. Imagen vía Getty Images

Pasajes gratis TransMilenio 2025. Imagen vía Getty Images / simonmayer

Según lo establecido en el Código de Policía, si usted irrespeta la enumeración y los turnos establecidos en TransMilenio, así como el sistema de sillas azules preferenciales, y no cede el lugar a otra persona por su condición vulnerable, usted recibirá una amonestación. No se especifica algo sobre las sillas rojas.

Estas sillas azules fueron diseñadas para ser cedidas a personas con algún tipo de discapacidad, mujeres en estado de embarazo, adultos mayores, personas que estén cargando niños de brazos, ciudadanos con movilidad reducida y niños menores de siete años.

El mismo Código de Policía contempla la amonestación como una medida correctiva, que consiste en un llamado de atención público o privado, con el fin de generar conciencia sobre la conducta cometida.

Por otra parte, es importante precisar que según la Alcaldía de Bogotá, los valores de las multas para este 2025 se distribuyeron de la siguiente manera: la multa Tipo 1 tiene un valor de 94.900 pesos; Tipo 2, corresponde a 189.800; en el caso de la Tipo 3, asciende a 379.600 y la Tipo 4 será de 759.200.

¿Qué pasa si usted no paga las multas impuestas como medida correctiva, por faltas en TransMilenio?

Para profundizar en el tema, Caracol Radio habló con Francisco Bernate, abogado penalista y profesor de la Universidad del Rosario, el experto explicó que si se presentan infracciones señaladas en el artículo 146, relacionadas con el comportamiento ciudadano en el transporte público, los usuarios pueden acudir a la autoridad de policía o a funcionarios de TransMilenio para que intervengan, ya que son los únicos competentes.

“Los ciudadanos igualmente podrían grabar y remitir, enseñar o compartir el video con los funcionarios de policía, de manera que cualquier ciudadano que sea testigo de una infracción al Código Nacional de Policía puede ponerlo en conocimiento de las autoridades”, agregó.

Por otra parte, en los casos donde se imponga una multa, el ciudadano que no la pague puede enfrentar varias consecuencias. La principal es que la deuda puede cobrarse por vía coactiva, lo que permite embargar bienes, salarios, cuentas bancarias u otros activos del infractor para garantizar el pago.

Tener una multa de este tipo impagada, puede implicar la prohibición de contratar con el Estado, la terminación de contratos que se tengan vigentes con el Estado, de manera que es una situación muy seria y claramente tiene unas consecuencias”, añadió Bernate.

Otras multas establecidas en el Código de Policía que puede recibir en el Sistema Integrado de Transporte de Bogotá

El artículo 146 del Código de Policía establece comportamientos que afectan la convivencia en el transporte público y contempla sanciones para quienes los cometan.

Entre las infracciones se encuentra impedir el ingreso o salida prioritaria de mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con niños o con discapacidad, lo cual implica una multa Tipo 1.

También se sanciona con la misma multa agredir, empujar o irrespetar a otros pasajeros, así como ingresar o salir por lugares no autorizados. Por otro lado, evadir el pago del pasaje es una infracción más grave, sancionada con multa Tipo 2.

Otras conductas más graves, como dañar sistemas de emergencia o realizar actos obscenos que perturben la tranquilidad de los pasajeros, se sancionan con multa Tipo 4.

Finalmente, alterar puertas o instalaciones del sistema, o irrespetar a las autoridades del transporte, tendrán como consecuencia una multa Tipo 3.

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