Política

Cambio Radical evalúa sancionar a senadores que se ausentaron durante votación de Consulta Popular

Los congresistas Temistocles Ortega, Ana María Castañeda y Didier Lobo se abstuvieron de votar, pese a que la decisión de bancada era decirle ‘No’ a la propuesta del Gobierno.

Partido Cambio Radical. Foto: Archivo

Partido Cambio Radical. Foto: Archivo(Página Cambio Radical)

Congreso

 Aunque la plenaria del Senado negó la Consulta Popular del Gobierno Petro, la votación estuvo apretada y fueron dos los votos que terminaron inclinando la balanza. Esto se debe, entre otras, a que algunos congresistas se abstuvieron de votar, cosa que terminaba favoreciendo o perjudicando al gobierno, dependiendo de la orilla política que se tratase.

En el caso de Cambio Radical, partido de oposición, hubo tres congresistas que le habrían seguido el juego al ejecutivo, pues aunque la decisión del partido era votar ‘No’ en bancada, se ausentaron durante la votación, evitando esos 3 votos adicionales eventualmente negativos.

Sin embargo, una semana después del hundimiento de la Consulta, el Consejo de Control Ético de la colectividad anunció que dio inicio a un proceso disciplinario en contra de los senadores que no votaron: Temistocles Ortega, Ana María Castañeda y Didier Lobo, por no haber seguido la instrucción de la bancada. “Presunto incumplimiento a la ley de bancadas y deslealtad partidista” son los motivos por los que se abrió el proceso.

Son tres los tipos de sanciones que podrían recibir los parlamentarios. La primera son ‘sanciones gravísimas’ que pueden llegar a ser expulsión de partido y veto para futuras elecciones; en el caso de ‘sanción grave’ pueden ser objeto de suspensión temporal del derecho a la voz y el voto; y si son ‘sanciones leves’ sería una amonestación verbal o escrita.

Cinco días hábiles a partir de la fecha de notificación tiene este grupo de senadores para “dar contestación y aportar los elementos fácticas y probatorios que permitan el esclarecimiento de los hechos”. Además, advierten que “en caso de que no se pronuncien y guarden silencio, los hechos objeto de investigación se presumirán como ciertos”.

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