Juzgado le dio la razón al Distrito y habrá desalojo de negocios en Chambacú
El Juzgado 9 Penal aprobó la solicitud de nulidad de la suspensión y compulsó copias a la Fiscalía, tras evidenciarse que hubo presuntas irregularidades del abogado de la tutelante

Juzgado le dio la razón al Distrito y habrá desalojo de negocios en Chambacú
La Alcaldía Mayor de Cartagena, por medio de la Oficina Asesora Jurídica del Distrito, solicitó al Juzgado 9 Penal que anule la medida provisional que suspendió la recuperación del espacio público ocupado hace décadas por distintos establecimientos comerciales en el sector El Papayal de Chambacú, frente a Muebles Jamar.
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El Distrito presentó una serie de pruebas que evidencian que el abogado Robinson Arroyo, apoderado de Ana Batista, quien ganó una tutela en 2011 contra la Alcaldía Local 1 Histórica y del Caribe Norte, no reportó su fallecimiento en 2023 al momento de presentar el incidente de desacato ante la jueza Elizabeth Araújo, induciéndola a un error.
Por ende, la administración del alcalde Dumek Turbay solicitó anular la suspensión del desalojo y archivar el proceso, ya que con la muerte de Batista el hecho está superado; y, además, instaron a la Fiscalía General de la Nación y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial del Consejo Superior de la Judicatura a investigar la posible comisión de faltas disciplinarias y/o conductas punibles por parte de Robinson Arroyo.
Tras revisar el caso, la jueza Araújo acaba de dejar sin efectos la medida provisional de suspensión de la diligencia; declaró la improcedencia del incidente de desacato ante la carencia actual del objeto por la muerte de Batista; y cerró y archivó el proceso.
Además, compulsó copias disciplinarias y penales a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar y a la Fiscalía General de la Nación por la actuación cuestionable del abogado Robinson Arroyo Zúñiga.
Es importante recordar la sentencia T- 443 de 2015 de la Corte Constitucional que indica:
“Si el sujeto fallece y la prestación tiene una índole personalísima, el objeto de la acción ya no puede ser satisfecho y, por ello, cualquier orden que se profiera por el juez de tutela sería inocua o ´caería en el vacío´. En este escenario, es deber del juez constitucional declarar la improcedencia de la acción, por la configuración de una carencia actual de objeto”.
Nueva fecha para el desalojo
Con esta nueva decisión del Juzgado 9 Penal, sigue en pie el desalojo que la Alcaldía de Cartagena realizará en una fecha por definir, a través de la Secretaría del Interior, para recuperar el espacio público invadido hace décadas por talleres, cantinas, estaderos, parqueaderos que invaden predios del Distrito; donde incluso hace días se allanó una olla de micro tráfico.
Al respecto, el alcalde Dumek Turbay agradeció la decisión de la jueza Elizabeth Araújo: “Hoy la justicia sale victoriosa con la objetividad que tuvo la jueza; quien no le tembló el pulso para decidir con firmeza ante la treta de un abogado temerario que quiso inducirla a un error. A la Rama Judicial y sus actores hay que respetarlos; y, por parte de nuestro gobierno, tranquiliza contar con todo tipo de avales para seguir adelante con la diligencia”.
Cabe recordar que el pasado 25 de febrero, la Alcaldía de Cartagena, a través de la Secretaría del Interior, ratificó en segunda instancia la orden policiva de recuperación del espacio público invadido por múltiples establecimientos en Chambacú, en el sector aledaño a Muebles Jamar y la carrera 14 de Torices.
Dicha orden del pasado 31 de enero, emitida por la Inspección de Policía de la Comuna N. 2, ordenó el restablecimiento de un área total de 7.404,17 m2, ocupado hace muchos años
Sin embargo, propietarios de dichos negocios han instaurado 16 tutelas para revertir la orden de desalojo, muchas de ellas desestimadas por los juzgados donde las presentaron, tras revisarse el material probatorio y la argumentación de la Oficina Jurídica del Distrito.