Justicia

Corte Suprema niega tutelas que buscaban beneficiar con casa por cárcel a ‘Epa Colombia’

Se conoció que Daneidy Barrera no accedió a tener a su hija en la prisión mientras cumple la condena.

Corte condena con cinco años de prisión a Epa Colombia

Corte condena con cinco años de prisión a Epa Colombia

JUSTICIA

La Corte Suprema de Justicia negó dos tutelas que buscaban otorgar el beneficio de prisión domiciliaria a la influencer Daneidy Barrera, mejor conocida como “Epa Colombia”.

La primera de las tutelas fue interpuesta por Eduardo José Díaz Fuentes, “fan de Epa Colombia” y la segunda por Ómar Ocampo, antiguo abogado de Daneidy.

Para la Sala en el primer caso el “fan” no tenía la legitimidad para instaurar este recurso.

“Así las cosas, revisado el escrito de tutela y los anexos, no se observa que el gestor ostente la titularidad de las prerrogativas fundamentales que invoca. Pues, se advierte que el promotor acudió a esta vía en nombre propio y en beneficio de Daneidy Barrera Rojas, sin aducir alguna circunstancia especial que justifique su intervención", indicó la Corte.

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Entretanto, en la segunda tutela se buscaba proteger los derechos de la hija de la influencer, Daphne Samara Barrera que tiene menos de un año.

No obstante, el tribunal consideró que primero el abogado ya no estaba en calidad de representante de la influencer y segundo, que se demostró que la influencer NO se acogió la programa de desarrollo infantil en establecimientos de reclusión que le permitía tener a su hija mientras cumple la condena.

“Progenitora de la menor agenciada, no se acogió al programa de desarrollo infantil en establecimientos de reclusión conforme a la guía operativa del servicio DIER emanada del ICBF, que le fue socializado el 3 y 6 de febrero de 2025, informándole los requisitos para la aprobación del cupo; razón por la que, objetivamente, ni siquiera se vislumbra amenaza de prerrogativa alguna, máxime cuando los convocados acreditaron venir atendiendo los lineamientos normativos y constitucionales sobre el particular" se lee en la sentencia.

Recordemos que la empresaria y creadora de contenido fue capturada el 27 de enero de 2025 por el CTI de la Fiscalía en una de sus peluquerías por orden de la Corte Suprema de Justicia que la condenó a cinco años y dos meses de prisión por vandalizar Transmilenio.

Se lle condenó por los delitos de:

  • Perturbación del servicio público de transporte colectivo.
  • Instigación a delinquir con fines terroristas.
  • Daño en bien ajeno. 

En la actualidad, ‘Epa Colombia’ está recluida en el patio 4 de la cárcel El Buen Pastor de Bogotá en dónde ya completa 2 semanas de condena.

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