Bogotá

Alcaldía confirmó la fecha para el día sin carro y sin moto en Bogotá 2025: Será en febrero

El alcalde de la capital señaló que, por decreto, la jornada se deberá llevar a cabo el primer jueves de febrero de cada año.

Día sin carro y moto en Bogotá, 2023. Foto: Chepa Beltran/Long Visual Press/Universal Images Group via Getty Images.

Día sin carro y moto en Bogotá, 2023. Foto: Chepa Beltran/Long Visual Press/Universal Images Group via Getty Images. / Long Visual Press

BOGOTÁ

El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, confirmó que el primer jueves del mes febrero se llevará a cabo la primera jornada del Día sin carro y moto en la capital, durante 2025. El cual iniciará a las 5 de la mañana y culminará a las 9 de la noche.

La Secretaría de Movilidad anunció que el Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) funcionará en su máxima capacidad desde las 4:00 de la mañana hasta las 11:00 de la noche.

Ese día serán habilitados 630 kilómetros de ciclorrutas, de los cuales 101 kilómetros estarán disponibles para su uso entre las 6:00 de la mañana y las 11:00 de la noche.

La medida tiene como objetivo principal disminuir la huella de carbono, reducir el tráfico vehicular y fomentar una movilidad más eficiente en la ciudad.

¿Quiénes pueden circular?

Durante esta jornada, solo podrán transitar por la ciudad ciertos vehículos exentos, como:

• Vehículos eléctricos o de cero emisiones, incluidas motocicletas.

• Transporte público.

• Transporte escolar.

• Vehículos de emergencia, como ambulancias y carros de bomberos.

• Carrozas fúnebres.

• Motocicletas utilizadas para servicios de mensajería o domicilios.

• Vehículos con capacidad para más de 10 pasajeros.

• Transporte vinculado a servicios públicos domiciliarios.

• Vehículos diplomáticos, militares y asignados a organismos de seguridad.

• Vehículos destinados al mantenimiento y operación del SITP.

• Caravana presidencial y transporte de valores.

• Vehículos destinados al control de tráfico.

¿Quiénes no pueden circular?

Quedan restringidos de circulación:

• Carros y motocicletas particulares.

• Vehículos híbridos y dedicados a gas.

• Vehículos de medios de comunicación con placa amarilla.

• Vehículos y motos de escuelas de conducción.

• Vehículos con permiso de Pico y Placa solidario (la restricción será repuesta automáticamente)

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