JEP rechaza sometimiento de sargento (r) por hechos relacionados con asalto al Palacio de Justicia
El sargento deberá ser juzgado por la Justicia Penal Ordinaria donde ya hay dos procesos en su contra.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a través de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, emitió una resolución en la que rechaza el sometimiento del suboficial retirado (SM-R) Ferney Ulmardín Causaya Peña, implicado en hechos relacionados con el asalto armado al Palacio de Justicia en 1985 y la posterior actuación de la fuerza pública.
La JEP determinó que los procesos penales que involucran a Causaya Peña no deben mantenerse bajo su competencia transicional.
Por ello, ordenó que las actuaciones judiciales regresen a la Jurisdicción Penal Ordinaria, en la cual ya existen decisiones y procesos en curso:
1. Proceso 11001310405120080071002: Causaya Peña fue condenado como coautor impropio del delito de desaparición forzada agravada, con sentencia ejecutoriada.
2. Investigación 13744: En curso ante la Fiscalía Primera delegada ante la Corte Suprema de Justicia por el delito de tortura agravada.
Órdenes de la JEP
• Remisión de expedientes: La Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas deberá remitir los expedientes originales de los casos mencionados a los despachos competentes de la Jurisdicción Penal Ordinaria.
• Comunicación a autoridades: La decisión será comunicada a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y a la Fiscalía Primera delegada, para que continúen con las acciones judiciales correspondientes.
• Notificación a las partes: Se notificará la resolución a Causaya Peña, su apoderado, las víctimas y sus representantes judiciales, así como al Ministerio Público.
Con esta decisión, la JEP confirma que no asumirá la competencia sobre los delitos de desaparición forzada y tortura agravada imputados a Ferney Ulmardín Causaya Peña, quien deberá responder ante la justicia ordinaria por su presunta participación en los hechos ocurridos durante y después de la toma del Palacio de Justicia.
La resolución subraya que, aunque se archiva la actuación en la JEP, el expediente transicional queda abierto para futuras revisiones.