¿Qué pasa si una empresa no paga la prima? Valor que recibiría empleado cada día de demora
El plazo máximo para efectuar el pago de esta prestación venció el pasado viernes 20 de diciembre, si no le han pagado, haga esto.
La prima navideña es una de las prestaciones que todo trabajador dependiente debió recibir durante el mes de diciembre, su plazo máximo para efectuar este pago por parte de las empresas venció el pasado viernes 20 de diciembre.
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Este pago corresponde a la cifra equivalente a 30 días de salario por año, es decir, un sueldo más, este monto se paga en dos fechas, la primera mitad en el mes de junio y el restante en el mes de diciembre.
Debe tener en cuenta que esta es una prestación social que, por ley, debe recibir, así lo explica el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, en el que se especifica que todo empleador está obligado a pagar a sus empleados la prima de servicios.
Para aquellos trabajadores domésticos, la ley 1788 del año 2016 garantiza que este pago también se debe efectuar a quienes se desempeñen en los cargos laborales de choferes de servicio familiar, jardineros, niñeros, mayordomos y todos aquellos que cumplan con las condiciones de ser dependientes de un empleador.
Tras el vencimiento del plazo máximo para efectuar este pago, cabe la posibilidad de que algunos trabajadores no hayan recibido el respectivo pago de su prima navideña, por lo que deben tener presente que están en todo su derecho de actuar.
¿Qué pasa si una empresa no paga la prima?
Si una empresa no efectúa el pago de esta prestación social, los trabajadores deben presentar una queja por incumplimiento de las obligaciones, la sanción que esto acarrea impone una multa que puede oscilar entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El trabajador debe recibir el pago correspondiente a la prima y, además, una indemnización por la demora, basado en los términos del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, esta indemnización corresponde a un día de salario por cada día de mora, que para 2024, basado en el salario mínimo, corresponde a 43.333 pesos colombianos.
Esto quiere decir que si la mora es de 20 días, el empleador deberá pagarle la cifra correspondiente a la prima navideña y los 20 días de mora, de acuerdo con el salario mínimo legal vigente en el país, el monto que debe recibir sería de 650.000 correspondientes a la prestación social y otros 866.660 pesos por concepto de mora.
Tenga presente que los números pueden variar, todo esto dependiendo del salario devengado por el trabajador, además, es clave recalcar que estos días de mora no se reajustan al incremento del salario en caso de que corresponda.
Según el Ministerio de Justicia y de Derecho, la denuncia por la falta de pago de la prima navideña se puede realizar ante la Defensoría del Pueblo, el personero municipal o los consultorios jurídicos, de igual forma, la recomendación es intentar llegar a un acuerdo con el empleador en primera instancia.
La norma enfatiza que los trabajadores independientes, transitorios, ocasionales, temporales y aprendices, o quienes posean un contrato de aprendizaje, no tienen la posibilidad de acceder al beneficio del pago de la prima navideño debido a su tipo de vinculación con la empresa.