Economía

Requisitos para afiliar a caja de compensación un pensionado que recibe más de 1.5 SMLMV

Así funciona la Ley 1643 de 2013 que permite a los pensionados acceder a los servicios de Cajas de Compensación.

Pareja de pensionados, imagen de referencia.

Pareja de pensionados, imagen de referencia.

Las Cajas de Compensación Familiar en Colombia son entidades privadas que tienen el objetivo de ofrecer subsidios monetarios a los trabajadores, esto supervisado por el Estado mediante la Superintendencia de Subsidio Familiar.

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Para aquellos trabajadores que se benefician, son las empresas quienes deciden a qué Caja de Compensación los afilian, además, el costo equivale a un 4% del valor de la nómina.

Este beneficio también aplica para los trabajadores independientes, quienes pueden pagar la afiliación sobre el 0.6% y el 2% de sus ingresos mensuales.

Gracias a la Ley 1643 de 2013, todos aquellos pensionados pueden acceder de manera voluntaria a los servicios de las Cajas de Compensación Familiar sin la necesidad de tener que pagar una cotización, salvo algunos casos específicos.

¿En qué consiste la Ley 1643 de 2013?

Esta Ley consiste en que aquellos pensionados que reciban una mesada de 1.5 SMLMV o menos, tendrán el derecho a recibir, junto al núcleo familiar y sin la necesidad de realizar algún pago por cotización, los servicios de recreación, deporte y cultura de la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvieron afiliados cuando eran trabajadores.

Para poder acceder a estos servicios, la Ley explica que el pensionado debe hacer una solicitud formal ante la Caja de Compensación a la que se encontraba afiliado.

Por otro lado, aquellos pensionados que reciben una mesada superior a los 1.5 SMLMV también tendrán la posibilidad de acceder a los servicios de la Caja de Compensación Familiar, sin embargo, deberán pagar la respectiva cotización según la reglamentación que expida el Gobierno Nacional, esta cifra no podrá superar el 2% de la mesada recibida, por lo que este es el único requisito que deben cumplir este grupo de pensionados.

Según el aporte realizado a la respectiva Caja de Compensación, estas pueden ofrecer diferentes tipos de servicio, este es el caso de Compensar, que tiene dos modalidades para aquellos pensionados que deseen tomar el beneficio:

  • Aporte del 0.6%: Aquellos pensionados que aporten esta cifra de su mesada pensional, tendrán acceso a los siguientes servicios y beneficios: Afiliación de beneficiarios, cultura, deporte, escuelas de capacitación, programas especiales para persona mayor, recreación y turismo.
  • Aporte del 2%: Aquellos pensionados que aporten esta cifra de su mesada pensional, tendrán acceso a los siguientes servicios y beneficios: Afiliación de beneficiarios, cultura, deporte, escuelas de capacitación, programas especiales para persona mayor, recreación, turismo, descuento en plan complementario, subsidio de vivienda de interés social.

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