Vehículos

Tenga en cuenta: Por nueva normativa, estas motos NO podrán circular en 2025

Tras la aprobación de la nueva normativa, algunas motocicletas no podrán circular por las carreteras del país a partir del 1 de enero.

Gremio de motociclistas reunidos

Gremio de motociclistas reunidos / John Paz

En el país, el uso de motocicletas por parte de los colombianos es mucho mayor que el uso de carros, pues según datos recopilados por el RUNT, hay más de once millones de motos circulando por las carreteras a lo largo del país.

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El gremio de moteros resulta ser entonces uno de los más numerosos en Colombia, por lo que aquellas normativas de carretera que afectan la circulación de estos vehículos repercute en una población bastante grande.

Como estrategia para controlar y reducir los siniestros viales, el Gobierno ha decidido implementar nuevas medidas de cara al año 2025, pues los motociclistas se ven mayormente involucrados, con un 60% de participación en dichos accidentes viales.

Mediante el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031, el Ministerio de Transporte tomó la decisión de implementar nuevos estándares para que las motocicletas circulen por las carreteras del país, según el Ministerio, estas medidas aplicarán únicamente para los vehículos motorizados ensamblados o importados a partir de 2025.

Normativa para motocicletas 2025

De acuerdo con un comunicado publicado la Cámara de la Industria de Motocicletas (CIM) de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), el Ministerio de Transporte expidió dos normas en el 2022 que cuenta con exigencias para las motocicletas nuevas que circulen por el territorio nacional, que entrarán en vigencia een el 2025, estas son las siguientes:

  • Según la resolución 20223040065305 de 2022 “Por la cual se expide el Reglamento Técnico que establece los requisitos aplicables a llantas neumáticas destinadas a vehículos automotores tipo motocicleta y se dictan otras disposiciones”. La entrada en vigencia ha sido prorrogada por el Ministerio de Transporte en 2 ocasiones, sin embargo, está prevista su entrada en vigencia para mayo de 2025.
  • Por su parte, la resolución 20223040062115 de 2022 “Por la cual se expide el Reglamento Técnico que establece los requisitos aplicables a sistemas de frenado, para uso en vehículos tipo motocicleta”. Entraría en vigencia en octubre de 2025, en donde Motocicletas cuyo cilindraje sea mayor a 50cc y menor a 150cc o potencia nominal mayor a 4kW y menor o igual a11kW deberán contar con sistema de frenado CBS o ABS.

El Ministerio ha dado a conocer otras estrategias para evitar los siniestros viales por carretera, estas regulaciones buscan mejorar la seguridad y la visibilidad de los conductores:

  • Luces encendidas durante el día: Obligatorio a partir de finales de 2025, esto con el objetivo de mejorar la visibilidad.
  • Llantas certificadas: Cumplir con pruebas de calidad para garantizar mayor seguridad en la tracción y frenado.

Teniendo en cuenta estas medidas, a partir del miércoles 1 de enero del año 2025, aquellas motos que no cumplan con las normativas establecidas por el Ministerio de Transporte, no podrán circular por las vías.

Bajo este orden de ideas, la CIM, brindó las siguientes precisiones:

  • Las resoluciones mencionadas son los dos únicos reglamentos técnicos publicados en el país sobre elementos de seguridad en las motocicletas.
  • Ningún reglamento técnico aplicable a motocicletas, comenzaría a regir en enero de 2025.
  • Las resoluciones que adoptaron los reglamentos técnicos de llantas y frenos para motocicletas y que entraran en vigencia próximamente NO aplican para todo el parque automotor, sino para las nuevas motocicletas que se ensamblen o importen luego de su entrada en vigor. Es decir, esta normativa NO tiene impacto en las motocicletas que ya están registradas y en circulación en el país.
  • En Colombia NO existe todavía ninguna exigencia en materia de iluminación en las motocicletas. Los avances en esa materia han sido de carácter voluntario de la industria, así como la incorporación de otros elementos de seguridad, que aún no se exigen legalmente en el país.

Siniestros viales de motocicletas en 2024

Durante este año y a falta de culminar el mes de diciembre, los accidentes de tránsito que involucran motocicletas han sido una problemática sin solución, tan solo en los dos primeros meses del año se registraron 732 muertes de motociclistas en el país.

A pesar de que esta cifra registrada representó una reducción del 4,6% en comparación con el mismo periodo del año 2023, la realidad es que los números siguen siendo preocupantes.

Por otro lado, durante la Semana Santa se reportaron 186 muertes por siniestro viales, en apenas un tercio del año se presentaron más de 1.400 muertes por accidentes viales en el país.

Para el mes de agosto, se registraron un total de 5.238 fallecidos en accidentes de tránsito, y se estima que el año cierre con una cifra que ronde los 8.000 motociclistas afectados por accidentes.

Las principales causas de estos accidentes son el exceso de velocidad y la falta de maniobrabilidad por parte de los conductores, que realizan movimientos bruscos que desencadenan en accidentes.

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