Corte Constitucional falla a favor de familiares de víctimas de falsos positivos
El Alto Tribunal revocó dos fallos del Consejo de Estado que eximió de la responsabilidad de las ejecuciones extrajudiciales al Estado colombiano.
JUSTICIA
La Corte Constitucional revocó dos sentencias del Consejo de Estado que negaron el reconocimiento de la responsabilidad del Estado por el asesinato de dos jóvenes a causa de ejecuciones extrajudiciales conocidos como “falsos positivos”.
De acuerdo con la Corte, la Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado vulneró los derechos de las víctimas en su proceso de reparación.
Los argumentos de la Corte:
- No se aplicó el precedente relativo al estándar probatorio aplicable en casos de ejecuciones extrajudiciales.
- No se hizo una debida valoración probatoria.
En estos casos, las víctimas habían alegado que el Consejo de Estado omitió pruebas y desconoció hechos relevantes en el contexto de las ejecuciones extrajudiciales.
Ello por cuanto se cumplían las tres condiciones definidas en la jurisprudencia y aún así no se definió la responsabilidad del Estado.
(i) La presencia de hechos análogos o similares.
(ii) La solución de problemas jurídicos similares.
(iii) La existencia de una regla de decisión relevante para el caso que debe decidirse.
Lo anterior aplica tras tenerse en cuenta el contexto del caso pues en ambos expedientes, los familiares probaron que las víctimas no pertenecían a grupos al margen de la ley, además, señalaban la existencia de incongruencias con el relato del Ejército.