Motor

Multa de hasta 15 SMDLV por no llevar el kit de carretera en el carro: ¿qué debe tener?

Consulte qué dice la normativa colombiana al respecto sobre lo que debe tener su kit de carretera y cuáles son las sanciones en caso de que no lo tenga o esté incompleto.

lLLanta de repuesto de un carro y al lado un kit de carretera y un Policía de Tránsito (Fotos vía Getty Images y COLPRENSA)

lLLanta de repuesto de un carro y al lado un kit de carretera y un Policía de Tránsito (Fotos vía Getty Images y COLPRENSA)

Para algunos usuarios de las vías de transporte en Colombia, contar con un automóvil para transportarse es una herramienta que le aporta tranquilidad, seguridad y comodidad a los viajes, por lo que existe toda una industria alrededor de los carros, con distintas marcas, características, tipos y precios, ajustados a la necesidad y preferencia de cada consumidor, ya que hay algunos vehículos que son más accesibles a nivel económico para los conductores de Colombia.

A su vez, el territorio colombiano ofrece diversas carreteras que conectan a los departamentos de Colombia e incluso a varios destinos internacionales, por lo que viajar en carretera es uno de los planes imperdibles para múltiples personas. Sin embargo, al transitar por las carreteras y vías nacionales, es fundamental contar con los elementos necesarios ante cualquier emergencia vial, por lo que aquí le contamos qué es un kit de carretera, cuáles son los elementos que debe tener por ley y las sanciones monetarias que tendría que pagar en caso de no portarlo en su vehículo.

Kit de carretera para carros: ¿qué debe llevar?

Tal como indica el artículo 30 de la Ley 769 de 2002, por la cual se expidió el Código Nacional de Tránsito, ningún vehículo puede transitar por las vías del territorio nacional sin portar un equipo de carretera que debe contar con ciertos equipos de prevención y seguridad. A continuación, le dejamos la lista de lo que debe llevar este kit:

  • Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
  • Una cruceta.
  • Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla, intermitentes o de destello.
  • Un botiquín de primeros auxilios, que debe llevar: antisépticos, un elemento de corte, algodón, gasa estéril, agua oxigenada y alcohol antiséptic, esparadrapo o vendas adhesivas, venda elástica, analgésicos y suero fisiológico en caso de una deshidratación
  • Un extintor.
  • Dos tacos para bloquear el vehículo.
  • Caja de herramienta básica que como mínimo deberá contener: alicate,
  • destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
  • Llanta de repuesto.
  • Linterna.

A su vez, el no llevar este kit puede ser objeto de sanciones pedagógicas y monetarias; pues, tal como indica la Resolución 3027 de 2010 en su apartado C.11, no portar con el equipo de prevención y seguridad de carretera del vehículo le generará una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.

Sin embargo, si considera que fue injusta la imposición de una multa por parte de las autoridades, podría realizar un proceso administrativo según su caso, aunque es importante que tenga la asesoría legal pertinente. Por ese motivo, para esta y otras situaciones en las que a diario se ven involucrados los conductores en Colombia, existen plataformas de abogados expertos en estos procesos, como ‘Bame’, en la que ofrecen los servicios de defensa en los procesos penales y administrativos para conductores, quienes pueden afiliarse fácilmente y con bajo costo del servicio dando clic aquí. Tenga en cuenta que en esta plataforma se ofrecen servicios de acompañamiento y defensas ilimitadas en accidentes de tránsito y cuentan con cobertura en todo el territorio nacional.

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