Justicia

En firme decreto que permite crear reservas naturales temporales en zonas mineras

El Consejo de Estado negó tres acciones de tutela interpuestas por mineros contra decreto 044 de 2024. La Agencia de Defensa Jurídica del Estado intervino.

En firme decreto que permite crear reservas naturales temporales en zonas mineras

Judicial

El Estado colombiano ganó proceso judicial iniciado por diferentes mineros del país que buscaban tumbar el Decreto 044 de 2024, el cual establece criterios para que las autoridades ambientales puedan declarar y delimitar zonas de reservas de recursos naturales temporales, con el fin de prohibir o excluir dichas áreas de esta actividad comercial y proteger así el capital natural.

El sector minero del país se opuso a esta normativa e interpuso tres acciones de tutela con el propósito de dejarla sin efectos la norma, argumentando que afectaba la competitividad y desestimulaba la inversión. Sin embargo, el consejo de Estado negó los tres recursos y avaló el decreto.

“En sentencia de segunda instancia del 12 de septiembre de 2024, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró improcedentes las tres acciones de tutela interpuestas por organizaciones mineras. El alto tribunal consideró que las acciones constitucionales no cumplieron con el requisito de subsidiariedad, porque los accionantes tenían otro medio judicial, diferente a la tutela, para buscar dejar sin efecto el decreto, como la acción de nulidad, la cual ya se tramita ante el Consejo de Estado, y tampoco demostraron un perjuicio irremediable”, explicó la Agencia de Defensa Jurídica del Estado.

En su estrategia de defensa jurídica, la Agencia argumentó que el decreto se expidió para proteger el derecho colectivo al medio ambiente, ya que, como lo estableció en agosto de 2022 la Sección Primera del Consejo de Estado, existe una debilidad en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), lo que da lugar a que en zonas de especial protección ambiental se realicen actividades mineras.

Para el director general de la Agencia, César Palomino Cortés, “la decisión es un precedente favorable para el Estado en materia de protección y conservación de ecosistemas frente a actividades mineras que se realicen en zonas de especial protección ambiental, asegura la continuidad de las acciones que viene realizando el Gobierno Nacional para la consolidación de un ordenamiento territorial minero ambiental y permite cumplir con la sentencia de ‘ventanilla minera’ de la Sección Primera del Consejo de Estado”.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad