¿Cuál recibe? Estas son las diferencias de la prima extralegal y la prima de servicios
Le contamos cuál es la diferencia entre estas dos tipos de primas y quienes tienen derecho a cada una.
La prima de servicios es reconocimiento que todo empleador, dentro de una relación laboral formal, debe pagar a sus empleados cada 180 días trabajados, razón por la que esta se devenga en los meses de junio y diciembre, según el Código Sustantivo del Trabajo.
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Muchas veces estos pagos llegan como alivios financieros para las personas que están vinculadas con algún tipo de empresa, es por esto que la mayoría de las veces aprovechan para salir a vacaciones en las épocas que llega, aunque también hay otros que la ahorran. No obstante, existen dos tipos de primas de servicios, la que estipula la ley y la extralegal, aquí le contamos cuál es la diferencia.
¿Cuál es la diferencia entre la prima de servicios y la extralegal?
Según el portal web Actualícese, existen obligaciones que tienen los empleadores en una empresa, pero también hay pactos o acuerdos entre ambas partes sobre pagos fuera de lo estipulado en el CST, los cuales son potestativos, es decir, la compañía es la que tiene la libertad de llevar a cabo este compromiso.
Angie Marcela Vargas, abogada que trata temas de derecho laboral, explicó lo siguiente: “En la prima legal, la ley es la que está diciendo precisamente cuánto es lo que se va a pagar y en qué fecha, sin embargo, el derecho laboral se trata de derechos mínimos y no máximos”.
“En este orden de ideas, si el empleador decide dar primas adicionales a la prima legal, puede hacerlo perfectamente, estas son las que se denominan extralegales, las cuales se puedan hacer efectivas por un convenio con los empleados, ya sea con cada uno o de manera colectiva para dar bonificaciones o prestaciones adicionales. Esta prima en sí, depende de lo que se acuerde y así mismo can a acordar el valor, el tiempo y demás factores.
Para que lo tenga un poco más claro, le dejamos un cuadro con las diferencias que tiene cada prima, de acuerdo con lo que explicó la abogada experta en el tema:
Prima legal | Prima extralegal |
---|---|
Está amparada por el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo | No es obligatoria por lo que es pagada de forma adicional |
Se paga un mes de salario por cada año laborado | Su valor se da por convenio o mutuo acuerdo con el empleador |
Se paga cada 180 días, en el mes de junio y diciembre | La fecha también es acordada según lo que se haya acordado. |
En conclusión, la prima extralegal es un pago adicional al de la prima obligatoria, por lo cual las empresas podrán brindar al empleado, por ejemplo, una prima de más, es decir, ya no obtendría el medio salario que está estipulado en la ley, sino que recibiría uno completo como extralegal, esto depende de cada empresa.
¿Cuándo se paga la prima de mitad de año?
Como ya se mencionó anteriormente, según artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, se contempla que el pago de esta prestación social, que cobija a empleados de compañías privadas, servidores públicos, y personas que desempeñen labores por días, se debe realizar durante los primeros 30 días de junio, en caso de la prima de mitad de año; y durante los 20 primeros días de diciembre, en caso de la prima de Navidad.
En caso de que las empresas no cumplan con esta obligación, tendrán que asumir multas entre las 23,31 Unidades de Valor Tributario (UVT) y las 131.565 UVT, lo que representan montos entre los entre $1.097 millones y $6.192 millones, según lo establece el Ministerio del Trabajo.