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Alcaldía de Neiva expidió decreto con el que se adoptan medidas de seguridad y movilidad

El decreto que cuenta con restricciones de movilidad, parqueo y excepciones, aplica para motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros que transiten en la capital opita.

Restricción de circulación de estos vehículos desde las 11:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. con excepciones.

Restricción de circulación de estos vehículos desde las 11:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. con excepciones.

Neiva

Después de varias mesas de trabajo técnicas y jurídicas, la Administración Municipal en cabeza del ingeniero Germán Casagua, profirió el Decreto No. 0183 de 2024, en el que se dispone:

Socialización y pedagogía del decreto durante un mes en el que se impondrán comparendos educativos a quienes lo infrinjan.

Restricción de circulación de estos vehículos desde las 11:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. con excepciones.

Restricción de parrillero o acompañante en la zona comprendida: desde la calle Quinta hasta la calle Once, y desde la carrera Primera H, hasta la carrera Séptima. Este acápite cuenta con algunas excepciones.

Prohibición de parqueo de motocicletas frente a establecimientos de expendio y consumo de licor, entidades públicas y financieras; así como en andenes, plazoletas, alamedas, zonas verdes y separadores.

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