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Fenalco insiste en adopción de nuevas tarifas para Bomberos de Cartagena

Para la prestación de servicios por parte del organismo de socorro.

Fenalco insiste en adopción de nuevas tarifas para Bomberos de Cartagena

Fenalco Bolívar ha venido solicitando a la Administración Distrital desde hace más de 9 años, actualice y adopte un esquema tarifario para los servicios que presta el Cuerpo de Bomberos por los servicios no esenciales, como lo son las inspecciones, de manera que se racionalice el costo de estos y se adecúen a las disposiciones vigentes.

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La anterior petición está basada en la Ley 1575 de 2012 por medio de la cual “se establece la Ley General de Bomberos de Colombia “, dicha norma en su artículo 37 señaló que los concejos a instancia de los alcaldes, podían establecer sobretasas o recargos a determinados impuestos territoriales para financiar la actividad bomberil y al tiempo en su artículo 42 indicó que “los cuerpos de bomberos son los órganos competentes para la realización de las labores de inspecciones y revisiones técnicas en prevención de incendios y seguridad humana y la realización de inspección y prueba anual de los sistemas de protección contra incendio de acuerdo a normatividad vigente. Las labores determinadas en el presente artículo, se realizarán de acuerdo a las tarifas asignadas para cada caso, previa reglamentación que expida anualmente la junta nacional de bomberos de Colombia.”

La misma Ley 1575 señaló facultades temporales al Gobierno Nacional para reglamentarla, lo cual realizó mediante el Decreto 352 de 2013, y en virtud de ello debe anualmente asignar las tarifas. Posteriormente en cumplimiento de la ley se expidió la Resolución 661 de 2014, en la cual el Ministerio del Interior adopta el Reglamento Administrativo, Operativo, Técnico y Académico de los Bomberos de Colombia y en es su artículo 205 indicó las tarifas para inspecciones oculares, principal servicio no esencial que pueden prestar los bomberos, las cuales cruzan variables de riesgo o impacto que está contenida en la norma NFPA y el tamaño del establecimiento, con tarifas que resultan más justas y apropiadas a la inmensa mayoría de las circunstancias del país y en particular de Cartagena, en función del tamaño de los establecimientos y el impacto que ellos tienen sobre el ambiente y no de los activos vinculados al mismo.

Las tarifas que actualmente están aplicándose en el Distrito y que no deberían, están sustentadas en el Acuerdo 039 de 2004 del Concejo Distrital, estas resultan inequitativas para el tamaño y riesgo de la inmensa mayoría de los establecimientos de comercio, y más aún porque están basadas en normas que perdieron vigencia con la entrada en vigor de la nueva ley pues se está cobrando el servicio por nivel de activos de los establecimientos de comercio, razón por la cual, hemos presentado formal petición a la Administración desde hace más de nueve años sin recibir respuesta positiva. Otras ciudades del país ya lo han hecho desde el 2015.

“Valga señalar que esta petición se le presentó al entonces candidato a la Alcaldía y hoy Alcalde y se confirmó en solicitud de los primeros días del presente año. Confiamos en que será atendida prontamente, contribuyendo a la generación de mayor competitividad de la gestión empresarial dado su mejor costo y de paso como un inductor a una mayor y deseada formalización del territorio” señaló Mónica Fadul Rosa, Directora de Fenalco

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