Ordenan desintegrar vehículo implicado en accidente que dejó ocho personas muertas
La SuperTransporte ordenó desintegrar en vehículo que estuvo involucrado, junto a un tractocamión, en un accidente el 18 de julio en la Vía Riohacha - Santa Marta.
Troncal del Caribe
La SuperTransporte ordenó desintegrar el vehículo de servicio público de transporte especial que estuvo involucrado, junto a un tractocamión, en un accidente que ocurrió el pasado 18 de julio en la Vía Riohacha - Santa Marta, que dejó 8 personas muertas.
La Superintendencia pudo establecer, mediante investigaciones preliminares, que el vehículo no posee las pólizas de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual. Además, su tarjeta de operación está cancelada, pues el vehículo cumplió su tiempo de uso en el año 2021.
“Se ordenó desintegrar el vehículo de transporte especial de placas BJO567, modelo 1997, que se encuentra vinculado a la empresa Medios de Transporte Turistico Metrotours, que está en liquidación”, explicó Oscar Espinosa González, Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte.
Para la Superintendente de Transporte, Ayda Lucy Ospina Arias, “no se puede ser permisivo con la ilegalidad, pues se involucra la vida y la integridad de los usuarios que se movilizan esperando la prestación de un servicio de calidad. No podemos seguir permitiendo este tipo de siniestros que cobran la vida de los colombianos y colombianas, la seguridad vial es responsabilidad de todos, los dueños de vehículos de servicio público tienen la obligación de cumplir las normas de tránsito y transporte, pero desafortunadamente no hay conciencia y los usuarios deben exigir la documentación al día de los vehículos en los que se van a transportar”.
La superintendencia solicitó a la Fiscalía Primera Seccional de Riohacha que, una vez se culmine el proceso de la investigación penal, el vehículo salga en grúa para que realice el proceso de desintegración que se le ordenó a la propietaria.
En caso de incumplimiento de la medida se generará una imposición de multas sucesivas correspondientes al valor de 30 Unidades de Valor Tributario por cada 30 días calendario que transcurran sin cumplir la orden.