Barranquilla: Air-e respondió a cuestionamientos por ‘chepitas’ que cobraron servicios
En conversación con WRadio, el gerente de Asuntos jurídicos de Air-e, Fermín De La Hoz, habló de la legalidad del mecanismo de cobro.

Barranquilla: Air-e respondió a cuestionamientos por ‘chepitas’ que cobraron servicios
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En diálogo con La W, el gerente de Asuntos Jurídicos de Air-e, Fermín De La Hoz, respondió a los cuestionamientos que han surgido a raíz de un vídeo en el que se evidenció a funcionarios de la empresa que hicieron cobros con megáfonos en conjuntos residenciales.
Las situaciones se han presentado en el sector de Villa Campestre, en el conjunto Torres de Mallorquín y en la urbanización Alameda del Río, en la Torre Tucán.
En el material videográfico que se ha difundido a través de redes sociales, se muestra el momento en el que, con nombre propio y número de apartamento, se llaman a los deudores del servicio de energía.
Sobre este tema, desde la entidad aseguraron que el mecanismo se aplicó luego de que la empresa agotara los medios de comunicación para exigir el pago de la deuda y que este se realizó de una manera “formal”, que el noto utilizado no es intimidatorio ni amenazante y que en ningún momento las personas fueron tildadas de “morosos”.
“Es una alternativa que la empresa está utilizando ante las constantes oposiciones de los usuarios para permitir adelantar sus operaciones. Y lo estamos haciendo en lugar de buscar otros mecanismos como son amparos políticos, repito, para poder adelantar nuestras gestiones. Hay algo muy importante, nosotros no fuimos responsables de la difusión del video, fueron otras personas que lo hicieron y lo difundieron. Pero es un vídeo sacado de contextos en donde dejan de lado toda la labor previa de contacto que intentó hacer la empresa por todos los medios para poder abordar a estos usuarios”, afirmó De La Hoz.
Sobre la legalidad del mecanismo de cobro que expuso el nombre y lugar de residencia de los usuarios, señaló que el llamado al usuario fue “cordial” y que el tono de la persona que utilizó el megáfono no violó los derechos fundamentales a la intimidad y al buen nombre, ya que no hubo burlas, amenazas o intimidaciones.
En lo que tiene que ver con la facultad de la entidad para ejercer este tipo de cobros, aseguró que “hay una ley que es la Ley 142 del 94 y el contrato de condiciones uniformes de la empresa, en donde se habilitan hacer este tipo de labores, labores operativas de la empresa, y en virtud de eso, es que la empresa entre en contacto con los usuarios, para evitar otras alternativas legales”.
Asimismo, sobre si consideran desde la organización el método como agresivo, señaló que no se trata de “chepitos” y que ese no fue el mecanismo que la entidad utilizó.
“En ningún punto de vista eso se puede considerar como un escarnio público. Y no podemos olvidar todo el esfuerzo que está haciendo la empresa para mejorar la calidad del servicio. Y lo que se busca con eso es que los usuarios asuman la obligación que tienen por ley que es cancelarlo y que se emiten utilizar alternativas previstas en la ley, como las mencioné anteriormente, para poder nosotros hacer el cobro efectivo del servicio”, aseveró

Andrea Maestre
"Periodista de investigación, corresponsal permanente de W Radio en Barranquilla y ganadora del Premio...






