Declaran nula la orden de arresto en una estación de Policía contra el alcalde de Ibagué
La decisión la había adoptado en primera instancia el Juzgado Décimo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento por el desacato de una sentencia de la Corte Constitucional.

Andrés Hurtado

Ibagué
El Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué notificó al alcalde Andrés Hurtado, el secretario de Desarrollo Rural, Daniel Guillermo Jaramillo y la personera Francy Johana Ardila de la nulidad del desacato que les ordenaba 15 días de arresto en una estación de Policía por no cumplir con una sentencia de la Corte Constitucional.
La decisión la había adoptado en primera instancia el Juzgado Décimo Penal Municipal Mixto con Funciones de Conocimiento el pasado 2 de agosto, debido a que se había incumplido según el despacho la orden de construir un puente peatonal en el sector de Coello Cocora.
“Lo anterior, dado a que no se surtieron las etapas procesales, como es la contradicción y defensa de los implicados, al no haberse evacuado la etapa probatoria y, por consiguiente, presentando una vulneración al derecho fundamental del debido proceso, consagrado en el Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia”, indicó la oficina jurídica de la Alcaldía.
“El A Quo (juez constitucional de primera instancia) requirió previamente a una entidad ajena al trámite, no requirió a los superiores de los obligados y tampoco se adelantó trámite probatorio, sin garantizar el derecho a la defensa y contradicción de los accionados, como ya se había apuntado”, señaló el juzgado.
Sobre este incumplimiento de la decisión que avaló el derecho a la educación de un menor habitante del sector de Coello Cocora, el alcalde Andrés Hurtado, anunció la semana anterior que se abrió un proceso de contratación para la consultoría del puente con el fin de garantizar los derechos de todos los niños de este sector.




