Supersociedades reveló el estado de la reorganización empresarial de Viva Air y Ultra Air
Según la entidad, si las sociedades no son admitidas en el proceso, se decretaría la liquidación judicial.

Supersociedades admitió en reorganización a firma de comercio exterior Marketcol S.A. Foto: Superintendencia de Sociedades(Thot)
La Superintendencia de Sociedades ha emitido un comunicado para informar sobre el estado de las solicitudes de inicio de procesos de reorganización empresarial de las compañías VIVA AIR FAST COLOMBIA S.A.S. y ULTRA AIR S.A.S. convocadas por la Superintendencia de Transporte.
En el caso de VIVA AIR FAST COLOMBIA S.A.S. se requirió a la empresa la remisión de la información exigida en la ley y se otorgó un plazo de 30 días para cumplir con este requerimiento. La fecha límite para presentar la información fue el 3 de mayo de 2023, y la sociedad respondió dentro del término establecido. En la actualidad, la información se encuentra en estudio.
En el caso de ULTRA AIR S.A.S., se encuentra en curso el plazo de 30 días para que la sociedad entregue la documentación requerida por el Juez del concurso, y este plazo vence el 24 de mayo de 2023.
El Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, dijo que “en caso de admitir a las entidades al proceso de reorganización, se buscará cumplir con la finalidad prevista en el régimen de insolvencia en Colombia, de preservar empresas viables y socialmente responsables, y así mismo, proteger los derechos de los acreedores y a los usuarios perjudicados por el cese de las operaciones de las aerolíneas.”
En cuanto al trámite procesal aplicable a la reorganización empresarial, una vez las empresas sean admitidas, se establece un plazo de 10 días para actualizar el inventario y dos meses para presentar los proyectos de calificación y graduación de créditos. Si las sociedades no son admitidas, se decretaría la liquidación judicial.
Posteriormente, se abre un periodo para presentar objeciones, tras lo cual se inicia un periodo de conciliación que culmina en una audiencia de Resolución de Objeciones. Si se alcanza un acuerdo de reorganización votado por la mayoría de los acreedores, se cita una audiencia de Confirmación del Acuerdo. Si no se confirma el acuerdo, se termina el proceso de reorganización y se procede a la liquidación judicial.



