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Nueva Reforma Laboral 2023: Cambios claves y explicación en detalle del texto

El proyecto busca rescatar los recargos dominicales y festivos del 75 % al 100 %.

Ministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez junto al presidente de Colombia, Gustavo Petro, en la radicación de la reforma laboral. 16 de marzo de 2023. Foto: Presidencia.

El pasado jueves 17 de marzo, se radicó el borrador de la reforma pensional en la Plaza de Armas de la Casa de Nariño. El presidente Gustavo Petro fue quien lideró el acto simbólico de radicación, asegurando que el proyecto propuesto por el Gobierno dignifica el trabajo y reconoce la labor de los ciudadanos.

El documento compuesto por 76 artículos, sienta las bases del sistema laboral de Colombia para poder lograr la “justicia en las relaciones de trabajo, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social”.

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Dentro de la iniciativa, se destaca que busca rescatar derechos como recargos dominicales y festivos del 75 % al 100 %, recuperar la nocturna de 6:00 p. m. a 6:00 a. m. De igual forma, priorizar el contrato a término indefinido y disminuir la tercerización laboral, para favorecer la estabilidad laboral.

Puntos claves de la reforma laboral

Contratación laboral indefinida

En el artículo 4 del proyecto se establecen las bases del contrato laboral indefinido, el cual tendrá vigencia mientras no sea terminado conforme las causales establecidas en la legislación.

Tal como se señaló, solo en casos excepcionales se podrá celebrar contratos de trabajo para atender labores de naturaleza temporal, ya sea por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra determinada o en otros casos, para realizar un trabajo ocasional. Si el empleado desea dar por terminado este tipo de contrato deberá hacerlo mediante un aviso de treinta 30 días naturales para conseguir su reemplazo.

En el caso de los contratos a término fijo, se hará por un tiempo superior a un mes y hasta por dos años para atender necesidades temporales del empleador. Éste se deberá llevar a cabo por escrito especificando la necesidad temporal y su duración.

Jornada laboral y recargo nocturno

Este es uno de los elementos que modificaría el sistema laboral colombiano, ya que se define la duración de la jornada laboral y se reconocen al 100% los recargos dominicales y festivos.

De aprobarse, el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo quedará de la siguiente manera:

  • Trabajo diurno: se realiza en el período comprendido entre las 6:00 a. m. y 6:00 p. m.
  • Trabajo nocturno: se realiza en el período comprendido entre las 6:00 p. m., y las 6:00 a. m., del día siguiente.

Es así, que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 8 horas al día y la jornada máxima semanal será de 42 horas. Es importante señalar que las horas semanales podrán ser distribuidas de común acuerdo garantizando el día de descanso.

Para el número de horas diarias se tendrá como mínimo 4 horas continuas y máximo hasta nueve horas al día sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario o de horas extras.

Plataformas digitales

En cuanto a las relaciones laborales de las empresas digitales, los trabajadores de aplicaciones de reparto deberán ser vinculados a un contrato de trabajo y “gozarán de todos los derechos y garantías previstos en este código y demás normales laborales aplicables a los trabajadores y trabajadoras dependientes”.

Referente a la seguridad social de trabajadores de entrega, las empresas deberán afiliarlos a la seguridad social conforme a las normas vigentes, en calidad de dependientes. Además, deberán reportarlo a las entidades recaudadoras de aportes e informar a los trabajadores al final de cada mes el número de horas laboradas, incluyendo el tiempo en que estuvieron conectados a la plataforma para el calculo de sus respectivas semanas de cotización conforme a la norma respectiva.

En la misma línea, estas empresas deberán disponer la información de sus empleados para que el Ministerio de Trabajo lleve registro del trabajado en empresas de plataformas tecnológicas de reparto.

Licencia de paternidad

Otro cambio que establece el proyecto es la licencia de paternidad en Colombia que aumentará de manera progresiva hasta llegar a doce (12) semanas en el 2025, así: cinco semanas desde la vigencia de la presente ley, posteriormente en el 2024 subirá a ocho semanas, y en 2025 serán 12 semanas.

La licencia remunerada de paternidad opera por las hijas e hijos nacidos del cónyuge o de la compañera permanente, así como para el padre adoptante.

Inconformidad de algunos sectores laborales

Luego de su radicación, trajadores de plataformas digitales se pronunciaron frente al nuevo artículo que traería reparos en cuanto temas de contratación y protección social. Ante esto, desde el Ministerio de Trabajo se aclaró que la protección social no es un tema optativo ni condicionado para los factores de empleabilidad, sino que están ligados a normas de orden público que difunde el principio de acompañamiento como en cualquier tipo de trabajo.

Otro sector que no demoró en anunciar su fue Fenalco, de acuerdo con el presidente de la Federación, Jaime Alberto Cabal, el proyecto tiene como principal objetivo incrementar los costos laborales que van a oscilar entre un 30% y un 35%, con un mayor impacto en el sector del comercio, hoteles, restaurantes, bares, transporte y el entretenimiento el más damnificado.

La reforma , que se construyó desde las mesas tripartitas, con la participación de las centrales sindicales, los gremios de la producción y Gobierno, recogió alrededor de 3 mil propuestas de 34 mesas realizadas en los territorios, iniciativas presentadas en los diálogos regionales vinculantes y analizadas en las subcomisiones de la reforma laboral.