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Bono de alimentos en Bogotá: beneficiarios, monto y fecha límite para reclamarlo

El bono es para personas en condición de discapacidad. Conozca los requisitos para ser beneficiario.

Comunidad en condición de discapacidad.

Comunidad en condición de discapacidad. / Gobernación del Tolima-Cortesía

Hasta el martes 28 de febrero de 2023, las personas con discapacidad o cuidadoras y cuidadores, pertenecientes al servicio de bonos canjeables por alimentos de la Secretaría Distrital de Integración Social, podrán realizar el proceso para recibir los bonos de este mes en las 20 localidades de la ciudad.

El bono beneficiará a 12.900 personas, quienes podrán utilizarlo en los almacenes de Colsubsidio y Cencosud (Jumbo y Metro) en compra de alimentos por un total de 180.000 pesos.

Las personas se podrán acercar al punto más cercano a su lugar de residencia, sin restricción de horario, de 8:00 a.m. a 9:00 p.m, de lunes a domingo.

César Bermúdez, subdirector para la Discapacidad en Integración Social, aseguró que “los bonos canjeables aseguran una parte de las necesidades nutricionales de los beneficiarios, convirtiéndose en el aporte de la persona con discapacidad en el hogar, Integración Social garantiza para el 2023 este subsidio y dispone en todas las localidades de su talento humano para acompañar a las personas con discapacidad en el proceso”.

¿Cómo se puede canjear el bono?

Las personas beneficiarias de los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social pueden acercarse a los supermercados que tienen asignado en su localidad de residencia (Colsubsidio o Jumbo-Metro) y, luego de conocer el convenio al cual pertenecen, con el número de la cédula, que ya aparece registrado, podrán acceder al canje de alimentos por el valor de $180.000 cada bono.

Paso a paso para ser beneficiario de los bonos alimenticios por discapacidad

Las personas interesadas se pueden acercar a la subdirección local de Integración Social en la localidad donde residen (la que esté más cerca de su hogar) para realizar el proceso de focalización e inscripción a la modalidad.

Al acercarse a la subdirección local más cercana, las personas deberán presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de discapacidad o historia clínica de la persona con discapacidad (no mayor a un año).
  • Documentos de identidad de todo el núcleo familiar (cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad, registro civil).
  • Un recibo público del servicio de acueducto del lugar de residencia.

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Luego de presentar dichos documentos, el equipo de cada subdirección local validará los siguientes criterios para dar paso a la focalización:

  • La persona deberá contar con medios para preparar y consumir alimentos (tener un lugar o espacio definido como cocina donde puedan transformar los alimentos).
  • Cumplimiento a lo establecido en el documento oficializado: ‘Acta de compromiso de los participantes con Integración Social’ vigente, firmado al inicio del proceso de atención en la modalidad.
  • Debe ser una persona con discapacidad sin generación de ingresos por concepto de pensión igual o superior a un SMLV.
  • Persona con discapacidad sin generación de ingresos por vinculación laboral formal (superior a tres meses) con un ingreso igual o superior a un SMLV.

Después, se les aplica un instrumento denominado ‘Sistema de apoyos’.

Luego de revisar todos los documentos mencionados, mes a mes, el Departamento de Análisis y Desarrollo Estratégico prioriza las personas que podrían acceder a los bonos, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • Personas con discapacidad pertenecientes a hogares con jefatura femenina.
  • Personas con discapacidad que pertenezcan a hogares con dos o más integrantes con discapacidad.
  • Personas con discapacidad que estén bajo el cuidado permanente de personas mayores.
  • Personas con discapacidad víctimas de conflicto armado, de acuerdo con las directrices establecidas en la Ley 1448/2011 y los Decretos Nacionales 4633, 4634 y 4635 de 2011 con estado inscrito en el Registro Único de Víctimas - RUV.
  • Personas registradas en la encuesta SISBEN IV en Bogotá y clasificados en los grupos A, B y C 07.
  • Personas con discapacidad que tengan la calidad de indígena, Rrom o gitana, que se encuentren en los registros oficiales avalados por la entidad competente (Sistema Nacional de Información Indígena), la certificación de los cabildos indígenas, entre otros, que determine el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de Integración Social.
  • Personas con discapacidad pertenecientes a los sectores LGTBI.
  • Personas con discapacidad que requieran sistemas de apoyos extensos y generalizados, validados por Integración Social.

De acuerdo con dicha lista de priorizados, en un orden de priorización asignado, se va asignando a los participantes en lista de espera. Desde la subdirección local se contacta a las personas para diligenciar la FICHA SIRBE y se solicita ingreso.

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