Justicia

Corte Constitucional falló en contra del director de cine Ciro Guerra

El alto tribunal negó tutela presentada por Guerra contra periodistas, cuando hicieron una publicación de reportaje que contiene testimonios de varias mujeres sobre presuntos actos de acoso y abuso sexual por parte de él

Ciro Guerra

Ciro Guerra(Colprensa/Archivo)

La Corte Constitucional negó una tutela que presentó el director de cine Ciro Alfonso Guerra con el objeto de que las periodistas Catalina Ruiz-Navarro y Matilde de los Milagros Londoño retiraran del portal feminista “Volcánicas” un reportaje publicado con el testimonio de ocho mujeres que lo acusan de cometer hechos de acoso o abuso sexual.

Explican que tomaron esta decisión basandose en las premisas que han guiado la decisión de casos en los que entran en conflicto la garantía de los derechos a la libertad de expresión, por un lado, y a la honra, buen nombre y presunción de inocencia, por otro, destacando la distinción fundamental entre información y opinión, así como los deberes de veracidad e imparcialidad que son predicables del ejercicio periodístico respecto de la primera.

“...La Sala advirtió, en primer lugar, que las periodistas siempre diferenciaron entre los relatos de las víctimas y su opinión, respetando en cada uno de dichos contextos los estándares exigibles constitucionalmente, por lo cual no vulneraron los derechos fundamentales del accionante -figura pública-. En este sentido, el reportaje reprodujo denuncias reservadas y anónimas sobre presuntos hechos de violencia sexual, discurso constitucionalmente protegido; también quedó demostrado que para su publicación se adelantó un trabajo investigativo acorde al estándar de veracidad, que reflejó la decisión ética del periodismo feminista de trabajar por los derechos de las mujeres”.

Resaltaron además que las accionadas cumplieron con el deber que se exige al periodismo de contrastar los hechos denunciados con la versión de la persona implicada, pues el reportaje incluyó la transcripción de una llamada al accionante en la que tuvo la oportunidad de hablar sobre el tema.

En ese contexto, concluyó la Sala: “La opinión de las periodistas no partió del vacío sino de una profunda investigación y ellas, en todo caso, no afirmaron que Ciro Alfonso Guerra Picón hubiera sido condenado o esté siendo investigado por algún delito.

Finalmente la Sala decidió remitir copia de esta sentencia al juzgado de Bogotá -que tramita la demanda declarativa de responsabilidad civil extracontractual iniciada por el accionante contra las periodistas-, y a la Fiscalía en donde cursa la denuncia penal presentada por el director de cine contra las periodistas para que, de considerarlo pertinente, tengan en cuenta los lineamientos fijados sobre el ejercicio abusivo del derecho de acceso a la administración de justicia.

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