Calendario Tributario: Estos son los plazos y descuentos a los que puede aplicar
Conozca cuales son los plazos con los que podrá acceder a descuentos en el Predial y el impuesto vehicular

Crédito: Getty / Calendario tributario 2023 / Witsarut Sakorn / EyeEm
La Secretaría de Hacienda de Bogotá presentó el calendario tributario 2023 con el propósito que los contribuyentes cumplan con las fechas establecidas para el pago y puedan acceder a descuentos a través del pago oportuno del Predial y el impuesto de vehículos.
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La Administración distrital informó que a más tardar el 30 de abril los ciudadanos recibirán la factura física de los impuestos que recaen sobre la propiedad inmueble y sobre la propiedad o posesión de los vehículos gravados en la capital.
Predial
La Secretaría de Hacienda anunció que los contribuyentes que declaren y paguen su impuesto Predial antes del 12 de mayo podrán acceder a un descuento del 10 % por pago oportuno y en el caso que no puedan acceder al beneficio, pero quiera evitar una sanción deberán cancelar el impuesto como plazo máximo hasta el 14 de julio.
Asimismo, aclaró que los ciudadanos que estén interesados en diferir el impuesto en cuatro cuotas, deberán presentar su declaración antes del 26 de mayo de 2023 con la intención de acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC). En caso que opte por cancelar el impuesto Predial de esta manera deberá tener en cuenta que el 9 de junio vence la primera cuota; el 4 de agosto la segunda; el 6 de octubre la tercera: y el 1 de diciembre la última.
Impuesto a vehículos
Por otra parte, la Administración distrital señaló que los contribuyentes que vayan a pagar el impuesto sobre vehículo automotores matriculados en Bogotá podrán acceder a un descuento del 10 % si cancelan antes del 2 de junio, y en el caso que no puedan realizaron antes de esta fecha, pero quiera evitar una sanción deberán cancelar antes del 28 de julio.
ICA
En el caso de los ciudadanos que hagan parte de el régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA) tendrán como plazo máximo para el pago del impuesto del primer bimestre el próximo 14 de abril y en el caso de la retención de industria y comercio o (ReteICA), cuyos agentes de retención comienzan el año entrante, su vencimiento bimestral será a partir del 17 de marzo.
“Así mismo, los demás contribuyentes de ICA pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2022 no exceda los 391 UVT (14.859.564 pesos), deberán presentar por los medios virtuales adoptados por la Secretaría Distrital de Hacienda, una única declaración anual por la vigencia, a más tardar el 23 de febrero de 2024″, señaló el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.



