Justicia

Harán protocolo para visitas intimas en las cárceles sin importar orientación sexual

La Corte Constitucional ordenó esto a la Cárcel y Penitenciaria de Acacías, la Dirección Regional Central del INPEC, la Dirección General del INPEC y el Ministerio de Justicia y del Derecho

Imagen de referencia

Imagen de referencia / Colprensa (Colprensa)

Según lo dio a conocer el alto tribunal, esta orden fue adoptada al fallar una tutela a favor de una persona que estaba interna en la cárcel de Acacías, quien solicitó su traslado a Bogotá para la visita íntima de su compañera recluida en la cárcel El Buen Pastor. Sin embargo, su solicitud no fue atendida.

Fue por esto que la Sala Sexta de Revisión, señaló que a la accionante le impidieron el goce efectivo de su derecho a la visita íntima con una persona de su mismo sexo, bajo el argumento de que no se autorreconoció como miembro de la población LGBTQIA+ y tenía registrado en el sistema a un hombre como su cónyuge.

Según la corte, ese requisito no está contemplado en la regulación, por lo que esa medida constituye un trato diferenciado con ocasión de la orientación sexual o identidad de género diversas que carece de justificación suficiente desde el punto de vista constitucional. Además, se afectó su derecho a la intimidad porque se vio obligada a publicitar su orientación sexual.

También se evidenció que la afectación a los derechos de la accionante no solo es atribuible a la cárcel de Acacías, sino que también es responsabilidad de las direcciones regional central y general del INPEC y del Ministerio de Justicia porque tenían el deber de vigilar que el establecimiento penitenciario implementara las normas y políticas expedidas para proteger el derecho a la visita íntima de la población LGBTQIA+.

Además de la orden para la expedición de un protocolo de atención, el fallo profirió once órdenes más, entre las que se encuentran:

La cárcel de Acacías deberá ofrecer disculpas privadas y por escrito a la accionante por haber obstaculizado su acceso a la visita íntima, el INPEC y el Ministerio de Justicia tendrán seis meses para capacitar a todos los funcionarios y a la población privada de la libertad del establecimiento penitenciario en materia del derecho de la comunidad LGBTQIA y que además tendrán seis meses para expedir una directriz que, entre otras cosas, precise los objetivos concretos que pretende alcanzar la política pública en materia de acceso de la población LGBTQIA+ a la visita íntima.

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