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Corte Suprema de Justicia

Víctimas del conflicto entre 2006 y 2014 sí tienen derecho a pensión

Durante esos 8 años no recibían mesada porque el Congreso no prorrogó el beneficio.

Imagen de referencia.

Eider Villada apenas tenía 15 años cuando pisó una mina antipersona en Tarazá, Antioquia. Perdió nueve dedos de sus manos y quedó ciego. Además, era un desplazado de la violencia junto con su familia y vivía de la caridad.

Cuando Eider reclamó que su pensión como víctima del conflicto armado debía entregarse desde el 2011 cuando ocurrió el ataque, Colpensiones se la negó y dijo que sólo se la iba a dar tres años después, es decir, en 2014.

Dijo que en el 2006 desde el Congreso no prorrogaron la pensión de víctimas, que se venía reconociendo en el país desde 1997, y que solo fue hasta el 2014 cuando la Corte Constitucional restableció ese derecho.

Sin embargo, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia negó ese argumento. Indicó que, si bien existió una omisión legislativa, no significa que durante esos 8 años no tuviera vigencia esa prestación humanitaria que busca resarcir el daño que han sufrido las personas afectadas por el conflicto armado.

“Esto debido a que no resulta válido a la luz de la Constitución Política aceptar que existió un periodo de desprotección de la población víctima y, en particular de quienes sufrieron un estado de invalidez en el marco de la violencia, pues son hechos que no han dejado de ocurrir”, señaló la Corte Suprema.

Además, reiteró que no se puede dejar sin protección a quienes sufrieron hechos en el marco del conflicto durante ese periodo. Por lo tanto, la Corte ordenó a Colpensiones el pago de $8.800.000 de pesos que dejó de percibir desde el 2011.

Por último, la Corte recordó que, para acceder a la pensión para víctimas del conflicto, que es un salario mínimo, se requiere haber sufrido una pérdida de capacidad laboral del 50 por ciento o más, carecer de otras posibilidades pensionales y de atención en salud.