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Corte Suprema aclara proceso para someterse ante la JEP

El alto tribunal advirtió que se debe evitar que se dé una “anarquía judicial”

Rama judicial

El alto tribunal aclaró que cuando se reciba una solicitud de sometimiento voluntario, la justicia ordinaria deberá evaluar que se cumplan los requisitos temporales, materiales y personales antes de remitir los expedientes y suspender los procesos.

Esta decisión busca evitar que se paralicen los procesos de la justicia ordinaria, mientras la JEP decide si acepta la solicitud y de esta manera continuar con las actuaciones judiciales correspondientes.

Así pues habrá dos posibles casos: El primero los jueces pueden determinar que se cumple con los requisitos necesarios y remitir el expediente y suspender el caso, mientras la JEP determina su competencia. Por otro lado, si se decide que no se cumplen los requisitos, se remitirá solamente la solicitud de sometimiento a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP y se continuará con las actuaciones en la justicia ordinaria mientras la justicia transicional decide si tiene o no la competencia.

Cabe aclarar que si se presenta la solicitud de sometimiento directamente ante la JEP y este tribunal concluye que sí le compete, podrá solicitar que se traslade el expediente y se suspenderá así el proceso en la justicia ordinaria.