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Ordenan exonerar de multa a persona mayor que no se presentó como jurado

La Corte Constitucional le ordena a la Registraduría que exoneré de la multa de $781.000 a un adulto mayor por no asistir como jurado de votación

Ordenan exonerar de multa a persona mayor que no se presentó como jurado

Ordenan exonerar de multa a persona mayor que no se presentó como jurado / Colprensa

La Corte Constitucional le ordena a la Registraduría Nacional del Estado Civil que exoneré de la multa de $781.000 a un adulto mayor por no asistir como jurado de votación en las elecciones presidenciales de 2018.

El señor de Flandes, Tolima, alegó no contar con los recursos económicos, ni la tecnología para saber de su citación como jurado de votación en estas elecciones presidenciales.

Cuando la Registraduría le informó que tenía una multa por no haberse reportado ese día, alegó que tenía 59 años, reside en el Tolima y se encuentra desempleado, además sus trabajos han sido informales, por lo que no cuenta con una fuente de ingresos económicos permanente.

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El señor afirma que la Registraduría vulneró sus derechos fundamentales, y pretende que se le exonere de esta carga económica, toda vez que no cuenta con los recursos necesarios para cancelar dicha obligación.

Considera que para el efecto se deber tener en cuenta el hecho de que no tuvo conocimiento de la designación realizada y que tampoco fue notificado personalmente.

Teniendo en cuenta que se informó que el peticionario había presentado otra acción de tutela con la misma pretensión, se analizaron los conceptos.

La Corte Constitucional destacó que el incumplimiento de una obligación como la abordada en este caso no puede poner en peligro los derechos fundamentales como el mínimo vital. Por ello, consideró esencial que la Registraduría Nacional del Estado Civil tenga en cuenta la situación personal en la que se encuentra cada una de las personas sancionadas, su interés por cumplir con la obligación y las posibilidades económicas con las que cuenta para pagar esa deuda, para ofrecer la posibilidad de pactar formas de pago que atiendan dichas circunstancias, que no pongan en peligro la capacidad de subsistencia del ciudadano y de su núcleo familiar y que le garanticen que la imposición de una sanción no ocasionará su degradación o aniquilamiento como ser humano. Por lo que la Corte resolvió absolver al señor del pago de la deuda.

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