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Consejo de Estado niega nulidad electoral de 11 concejales de Vichada

Los concejales habían sido demandados por presuntamente no cumplir con la “Ley de Cuotas”

El Consejo de Estado niega la nulidad electoral de 11 concejales del municipio de Puerto Carreño, Vichada, quienes fueron demandados por presuntamente no cumplir con la “Ley de Cuotas”.

La Sección Quinta del Consejo de Estado negó la nulidad de la elección de 11 concejales del municipio de Puerto Carreño, Vichada, para el periodo 2020-2023, demandados porque supuestamente las listas de las que fueron elegidos no cumplían con lo establecido en la llamada “Ley de Cuotas” que advierte la obligatoriedad de que como mínimo el 30% de los integrantes sean mujeres.

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El Consejo de Estado advirtió que, el porcentaje de género se debe calcular respecto del número de candidatos a inscribir y no del número de curules a proveer.

La Sala señaló además, que el artículo 262 de la Constitución, que es aplicable a este asunto, estableció el número máximo de candidatos que se puede inscribir en una lista y corresponde al número de curules a proveer. Así, concluyó la Sala que no había lugar a declarar nulidad.

Se trata de los señores Edward Ricardo Garcés León, Jorge Lubin Dávila García, Rafael Miranda Vásquez, Carlos Alexander Castro Herrera, José Ricardo Medina Lozano, José Alfonso Jiménez Martínez, Neyla Rosa Morales Reyes, Héctor Arnulfo Santana Niño, Luis Carlos Mattar Cuervo, Jesús Antonio Lancheros Chacón e Iván Darío Solarte Guegue, elegidos de listas presentadas por los partidos Cambio Radical, ASI, MAIS y de la U, que en concepto de la Sala Electoral, sí cumplieron con lo ordenado en la Ley 1475 de 2011.