¿Se contradicen las decisiones judiciales? magistrado Namén responde
Álvaro Namén, presidente del Consejo de Estado en entrevista con Caracol Radio, se refirió a temas coyunturales que quedarán en el radar del 2021
¿Se contradicen las decisiones judiciales? magistrado Namén responde
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Colprensa
El presidente del Consejo de Estado, Álvaro Namén, abogado de la Universidad Externado de Colombia y especialista en derecho comercial de la misma universidad. Elegido hace un año, el 21 de enero de 2020 para reemplazar a la Magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, comenzó su periodo en el año en el que inicio la pandemia en el país. Donde la justicia tuvo que restructurarse y adecuarse para seguir cumpliendo a cabalidad las funciones de la Rama Judicial.
¿Cómo se preparó la justicia en la pandemia para no frenar el servicio?
Álvaro Namén: Con el fin de precaver la salud de los funcionarios, lo que se hizo fue llevar el servicio de justicia a través de los medios tecnológicos, que es la forma en que pudimos trabajar desde casa y cumplir nuestra función, es importante señalar que para tal efecto desarrollamos herramientas de fácil acceso para los ciudadanos y eso implicó también reformas institucionales, como modificar nuestro reglamento. Nosotros con esta herramienta la cual innovamos y ha sido pionera, recibimos un reconocimiento a la mejor práctica judicial, a través de las tecnologías de la información.
¿Cómo fue la relación y satisfacción con el servicio de administración de justicia en 2020?
Álvaro Namén: Para poder medir esta percepción, hicimos un diseño propio de percepción ciudadana y paradójicamente contrasta con esas percepciones que hacen las firmas consultoras y evidenciamos que el nivel de satisfacción en lo que respecta al Consejo de Estado, nos dio un nivel del 63%, una cifra que queremos a futuro seguir trabajando para que la percepción sea mucho mayor, pero quiere decir que la justicia tiene una percepción mejor en los ciudadanos.
El Consejo de Estado, en su responsabilidad por controlar la legalidad de todas y cada una de las actuaciones de la administración, es decir las entidades del Estado. Tiene pendiente solucionar temas de gran relevancia política para el 2021.
Dentro del balance del 2020, ¿Cuáles fueron las demandas del Estado más fuertes que pudieron resolverse este año?
Álvaro Namén: El balance ha sido satisfactorio porque aún en tiempos de crisis cumplimos nuestras funciones, como ustedes conocen, dentro de nuestra justicia especializada tenemos dos funciones, la primera una labor consultiva que es darle luces al gobierno nacional, a través de conceptos, sobre aquellos aspectos de los cuales tengan dudas de su legalidad y las decisiones, y a la vez una labor de juez en su administración. Importante señalar que tenemos bastantes decisiones de impacto, por ejemplo, aquella que tiene que ver con la declaración de ilegalidad de la dosis mínima en cuanto estupefacientes a través de actos del gobierno y la discusión que hubo en el Consejo de Estado indicando que es legal mientras se pruebe y la importancia del fallo.
Otra es por ejemplo, la que se refiere en cuanto a la reparación de las familias, por aquellos sucesos de los diputados del Valle que fueron secuestrados y varios de ellos asesinados por las FARC en su momento, la reparación y la condena fueron ejemplarizantes en la medida en que repararon todos aquellos daños y perjuicios que se les generaron a las familias por omisiones y fallas que se cometieron ir las instituciones.
Igualmente, la reparación por la privación injusta de la libertad del almirante Arango Bacci, y la orden que se emitió para capacitar a los millonarios en otra esfera del Fondo Nacional del Magisterio y del Congreso.
Del caso de nulidad de elección contra el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa, que podría estarse resolviendo en las primeras salas plenas del año, ¿cuáles fueron los avances en la investigación en el 2020?
Álvaro Namén: Es un proceso que está en curso, lo que se puede informar, es que está a cargo de nuestra sección quinta, allí se presentó una solicitud para que asumiera la sala plena contenciosa, la cual fue rechazada, dándole plena viabilidad para que continúe en la sala especializada que es la sección quinta, y eso implicaría que para que se conocieran estas decisiones tienen que tramitarse todas las etapas del proceso, en tanto que hay que cumplir el debido proceso.
Respecto a la demanda que pide anular la elección del defensor del pueblo Carlos Camargo, realizada por el representante a la Cámara David Racero, ¿Cuál fue la gestión que se realizó en el Consejo de Estado? Y ¿qué se espera en cuanto los temas de nulidad de elección y corrupción para el 2021?
Álvaro Namén: Esa decisión ya se tomó, se negó la suspensión provisional en ese caso de elección, ahora muy bien es una etapa preliminar. En la actualidad, se encuentra en manos del ponente quien debe presentar ante sus compañeros un proyecto de fallo. La constitución política señala que no debe de haber más de seis meses en su resolución de manera que así las cosas este año se esperaran las decisiones correspondientes incluyendo esas disposiciones de orden constitucional y legal.
Respecto a la demanda que busca la nulidad de elección de la nueva procuradora, Margarita Cabello, ¿Cree que, en la elección a procurador, su candidato estuvo en igualdad de condiciones?
Álvaro Namén: No me correspondería como presidente de la corporación emitir alguna opinión. Lo que, si tiene que estar tranquila la opinión pública, es que estos juicios de legalidad se asumen por a corporación en términos de severidad, teniendo en cuenta que se trata de altos dignatarios que se requiere de seguridad jurídica, de manera que este año se pronunciará el Consejo de Estado en relación a estos cargos importantes que se han presentado de elección.
La suspensión que ha mantenido el Consejo de Estado frente al fracking en Colombia, en ¿qué se avanzó en el 2020 y cómo se espera que se vuelva a abordar el tema en el 2021?
Álvaro Namén: Ya se han emitido varias decisiones se suspendieron dos resoluciones que reglamentaban el ejercicio del fracking, es una medida cautelar de suspensión es preliminar, no quiere decir que al final del proceso eso vaya a quedar en firme sino que se examinará de fondo si amerita o no la nulidad de este tipo de actos, por lo pronto en esas suspensiones, se aclaró por la sección tercera, que se pueden hacer pruebas en relación con este tipo de prácticas siempre y cuando se cumplan con medidas necesarias, de manera que no haya afectación en la utilización de estos métodos.
Se espera que esta controversia se resuelva a más tardar en el primer trimestre de 2021, lo que puede pasar porque están bastante adelantados
¿Cómo se espera que se maneje el tema del hundimiento del proyecto de reforma constitucional de las curules de paz, en relación al balance de cómo quedó en el 2020?
Álvaro Namén: La demanda de lo que se está cuestionando es la legalidad de la demanda que dio por archivado ese proceso de reforma constitucional, dado que se produjo según el demandante porque no se había obtenido el número de votos mínimos, consideran que si tenían el respaldo mínimo. En este caso la sección primera, viene adelantando las etapas, y tomará una decisión pronta, pero lo que ha pasado es que se han presentado múltiples solicitudes.
Lo que implica que se prolongue el proceso porque hay que decidir todas las actuaciones de los terceros interesados. De hecho, también hay una solicitud para que lo resuelva la sala plena y no la sección primera, entonces una vez resuelta la solicitud de los terceros, se tomará la decisión.
Alberto rojas, presidente de la Corte Constitucional, ¿debe permanecer 10 meses más en la corte por el tiempo que fue destituido? ¿Por qué no han mandado la terna para sustituirlo?
Álvaro Namén: El togado presentó una acción de tutela ante esta misma corporación por la violación de derechos fundamentales y la sección segunda, mediante fallo del 11 de mayo de 2015 dejó sin efectos la sentencia de la sección quinta y ordenó su reintegro, como la orden que se do en esa sentencia de tutela fue la de reintegrar a Alberto Rojas por el resto del periodo para el que fue elegido, es necesario establecer cuál serpia el entendimiento que debe darse a dicha providencia, en este sentido la corporación debe estudiar cómo es lo conducente según el reglamento, para la elaboración de ternas , un asunto que deberá abordar en las primeras salas de gobierno, que se va a conformar próximamente en donde tienen asiento las diferentes secciones a través de sus presidentes, que se presentará un pronunciamiento administrativo, para apertura o no, si hay lugar o no, a la conformación de la terna del doctor Alberto Rojas.
Los jueces están tomando decisiones de tumbar fallos que el Consejo de Estado profiere, como el de Antanas Mockus o Ángela Robledo ¿Qué comentario merecen?
Álvaro Namén: No consideramos que exista choque de trenes entre las salas, o secciones del Consejo de Estado, lo que ocurrió en esos dos casos es que, por diferentes vías, diferentes tipos de acciones judiciales, la misma corporación a través de secciones se pronunció. En sentidos que aparentemente podría considerar visibles, pero no lo son, en el caso del senador Mockus la corporación estudio dos tipos de acciones, una que era una acción electoral, que alegaba juna inhabilidad porque él se presentó al congreso habiendo celebrado 6 meses antes unos contratos con entidades del Estado, al resolver esa acción electoral la sección quinta, anuló el acto de elección, sin embargo ante la sala plena, se instauró una acción judicial por pérdida de investidura porque consideraban los demandantes que no se configuraban, en esa inhabilidad una razón por la cual se decretara su pérdida de la investidura del Senador lo que aplicaba una sanción mucho más gravosa, que era que no se podía volver a presentar a cargos de elección.
Entonces estas dos acciones corrían paralelas, pero en primera se anuló y en la pérdida de investidura se consideró porque ahí se examina la conducta, si lo actuó con dolo o culpa grave para que se pueda configurar y la sala plena tomó en su soberanía.
Y también se presentó paralelamente una tercera acción que fue una acción de tutela en la que la sala plena no se presentó de fondo porque dijo que el Senador Mockus tenía otra vía legal que es el recurso extraordinario, otra acción de revisión contra la sección quinta del Consejo de Estado, de manera que las decisiones no son contradictorias, porque los jueves son diferentes, se piensa que son contradictorias pero cuando uno las va a estudiar desde el punto de vista jurídico se da cuenta que eso no existe.