Por posible publicidad engañosa formulan cargos contra Elizabeth Loaiza
La Superintendencia de Industria informó que Loaiza ofrecía a través de redes sociales, pruebas rápidas para detección del Covid-19
La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de Elizabeth Loaiza Junca por ofrecer pruebas rápidas para la detección del Covid-19 sin contar con el Registro Sanitario por parte del Invima.
También imputó cargos por el presunto incumplimiento de las órdenes impartidas por la Superintendencia, pues Loaiza no allegó información solicitada el 15 de abril de 2020.
Se informó que la delegatura de Protección al Consumidor adelantó esta averiguación producto del monitoreo de medios, en donde encontró la publicación realizada por la reconocida modelo e influenciadora Elizabeth Loaiza Junca en su cuenta de Instagram (@elizabethloaiza), en la que ofrecía el producto “ProMed Covid 19 Rapid Test”, evidenciándose que se trataba de un producto al que se le atribuían bondades relacionadas con la detección rápida del coronavirus, por lo que el 15 de abril se requirió a la empresaria con el fin de obtener información sobre el origen del producto y los beneficios atribuidos al mismo, así como de la publicidad utilizada para ofrecerlo. La señora Loaiza desatendió estos requerimientos.
Posteriormente, la Superintendencia conoció la alerta sanitaria expedida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, en la cual, además de advertir que las pruebas rápidas para detección del Covid-19 no son de venta libre, incluyó un listado de pruebas que se ofrecen en el mercado nacional sin contar con autorización otorgada por esta autoridad sanitaria, dentro de las cuales se encontraba el producto ofrecido en la publicidad realizada por Loaiza. En consecuencia, se solicitó información en relación con la publicación mencionada al INVIMA, la cual confirmó a esta Autoridad que el producto mostrado en la publicidad de la cuenta de instagram (@elizabethloaiza), no contaba con registro sanitario, ni autorización de importación para su comercialización.
Contra esta apertura de investigación no proceden recursos. De confirmarse la violación a las normas señaladas, esta Superintendencia podría imponer multas hasta por 2.000 salarios.