<span>En respuesta a las iniciativas que han propuesto en los últimos días <strong>alcaldes y gobernadores de diferentes lugares del país, para aliviar la situación de las personas afectadas por la crisis del coronavirus,</strong> la <strong>Superintendencia de Servicios Públicos</strong> emitió una circular que aclara que los <strong>servicios públicos no se pueden prestar de manera gratuita.</strong></span><span>En la circular, la superintendencia recuerda a los alcaldes que, en caso de que sus administraciones planteen la prestación sin costo de estos servicios públicos a algunos sectores de la población, <strong>es necesario que se garantice el pago de ese servicio, mediante subsidios u otras medidas, de los costos y gastos en que incurren los prestadores públicos, mixtos o privados para proveerlos.</strong></span><span><strong>"Es claro que constitucional y legalmente está proscrita la gratuidad de los servicios públicos domiciliarios</strong>", afirma la circular.</span><strong><a title="MinCiencia gestionó más de $200.000 millones para laboratorios regionales" href="https://caracol.com.co/radio/2020/04/07/nacional/1586296014_583760.html">MinCiencia gestionó más de $200.000 millones para laboratorios regionales</a></strong><strong><a title="Colombia se suma a campaña internacional de lucha contra el narcotráfico" href="https://caracol.com.co/radio/2020/04/07/nacional/1586293048_791081.html">Colombia se suma a campaña internacional de lucha contra el narcotráfico</a></strong><span>Sin embargo, allí mismo se establece que, de a<strong>cuerdo con la Ley 142 de 1994,</strong> los alcaldes pueden "disponer los recursos para el otorgamiento de <strong>subsidios a los usuarios de menores ingresos y apoyar financieramente a los prestadores de los servicios públicos de acueducto, aseo y alcantarillado con el fin mantener la continuidad y calidad en la prestación de los mismos".</strong></span><span>“El gobierno ha establecido diferentes medidas para apoyar a usuarios con menores ingresos; y la iniciativa de los alcaldes es de resaltar en estos momentos de emergencia que vive el país. </span>Por eso, desde la superintendencia queremos manifestarles que para hacerlas efectivas es<strong> necesario aplicar las alternativas legales que tienen a su alcance para beneficiar a sus poblaciones,</strong> teniendo en cuenta el <strong>marco constitucional y jurídico que señala que la prestación de los servicios públicos domiciliarios no tiene carácter gratuito</strong>”, manifestó Natasha Avendaño García, superintendenta de Servicios Públicos.