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Colombianos que compren comidas en la calle no serán sancionados

Stiven Claros quien fue sancionado por comprar una empanada, compartió la decisión de la Corte Constitucional.

Colombianos que compren comidas en la calle no serán sancionados

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Stiven Claros quien fue sancionado con $ 830.000 por comprar una empanada en la calle, estuvo de acuerdo con las modificaciones establecidas por la Corte Constitucional que deja sin efecto esta clase de sanción.

La Corte aclaró, además, que quienes compren productos a estos vendedores informales en la calle no se le impondrían sanciones o multas.

En diálogo con 6AM Hoy por Hoy de Caracol Radio manifestó que tuvo que pagar la multa con la ayuda de un youtuber y aclaró que la plata ya le fue devuelta.

Añadió que sigue comprando empanadas en el puesto ubicado en el barrio de la Castellana, pero manifestó que siempre hay el temor de que lo vuelvan a multar.

Finalmente, consideró que la decisión de la Corte Constitucional de no sancionar a quien compre o a quien venda la empanada está bien orientada, porque con la alta tasa de desempleo la gente busca es conseguir como vivir.

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El alto tribunal estudio polémico articulo con el que se sancionó a joven por comprar una empanada.

La Corte Constitucional aclaró el articulo del Código de Policía que establece sanciones a quien promueva o facilite el uso u ocupación del espacio público.

Mediante ese artículo fue sancionado en febrero el joven Steven Claros al comprar una empanada en la calle. La multa era de 830 mil pesos pero fue dejada sin efecto.

El alto tribual aclaró que esas sanciones son solo para quienes estén detrás de los vendedores informales legales o informales.

La Corte aclaró, además, que quienes compren productos a estos vendedores informales en la calle no se le impondrían sanciones o multas.

Ese artículo había sido demandado al considerar que se podría mal interpretar la norma. Los accionantes pedían que se aclarara que quienes compran productos a vendedores informales no sean sancionados. Y eso es lo que hace hoy la Corte.

La Procuraduría y la Policía habían pedido a la Corte que se declarara inhibida y no se pronunciara de fondo. Sin embargo el tribunal resolvió el alcance que tiene la norma.

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