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Presidente Duque sancionó Ley estatutaria de la JEP

Esta es la última norma que faltaba por entrar en vigencia para que esta justicia opere a plenitud.

Después del largo camino que tuvo que recorrer la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz desde que se radicó el proyecto de ley en el Congreso en agosto de 2017 y luego del más reciente capítulo, donde la Corte Constitucional rechazó las objeciones presentadas por el presidente Iván Duque, finalmente este jueves el propio mandatario sancionó la norma que establece las reglas para la operación del sistema de Justicia Transicional.

La norma se aprobó por el Congreso en noviembre de 2017, se envió a revisión de la Corte Constitucional que avaló el contenido en agosto de 2018. Sin embargo, permaneció en la presidencia del Senado hasta febrero de este 2019, cuando se envió para sanción presidencial.

El jefe de Estado objetó 6 artículos de la ley en el mes de marzo, en abril y mayo concluye la votación, aprobada en Cámara, pero con dudas sobre la mayoría en Senado, el expediente se regresa a la Corte que finales del mes ordena sancionar la ley.

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Finalmente, este jueves el propio presidente Duque y siguiendo la orden de la Corte Constitucional firma la ley 1957 de junio de este 2019, un documento de 75 páginas, 10 títulos y 158 artículos, que establece las reglas de juego para la operación del sistema de justicia tradicional que se derivó del Acuerdo Final de Paz con la extinta guerrilla de las Farc.

Sus objetivos según el documento son, satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia; ofrecer verdad a la sociedad colombiana; proteger los derechos de las víctimas; contribuir al logro de una paz estable y duradera; y adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes, participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado interno mediante la comisión de las mencionadas conductas.

Resalta que la administración de justicia por parte de la JEP es un servicio público esencial.

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Al contar con la Ley Estatutaria la Jurisdicción Especial para la Paz, puede avanzar de una manera más completa en temas que le son específicos, como la estrategia para priorizar casos y brindar así resultados más rápidos.

La ley entrega los criterios para hacer esas priorizaciones y sobre cómo se pueden armar los siete macro casos, según los informes que entregan víctimas, organizaciones sociales y la fuerza pública.

Con la norma ya no se tendrán que aplicar normas distintas para cada caso, lo que evitará pasos adicionales al momento en que las salas y secciones que componen la JEP tengan que concluir quienes son los máximos responsables, entre otras herramientas que prometen agilizar su funcionamiento.

El Gobierno aseguró que pese a la sanción presidencial de la ley estatutaria 1957 que reglamenta la JEP, insistirá en las reformas que considera necesarias en temas como delitos sexuales hacia menores, competencias del Gobierno para excluir a los “colados” de las listas de reincorporación y el fortalecimiento de la extradición, entre otros.