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Comunidades insulares de Cartagena serán compensadas por dragado de bahía

La comunidad de Caño del Oro exigió el respeto a sus derechos a la participación, en la defensa de la identidad étnica.

Terminó la protocolización de la consulta previa, con los Consejos Comunitarios  de comunidades negras de Caño del Oro y Bocachica, con el Instituto Nacional de Vías, Invías y la Financiera de Desarrollo Nacional, para la ampliación y profundización del Canal de Acceso a la Bahía de Cartagena, en los sectores de Bocachica y Manzanillo.  Después de muchos impases, donde la comunidad de Caño del Oro exigió el respeto a sus derechos a la participación, en la defensa de la identidad étnica, en sesiones que sobrepasaron las 8 horas de deliberaciones, se llegaron a unos acuerdos que deben cumplirse una vez, entre en vigencia la Licencia Ambiental, que permitirá que el proyecto tenga una viabilidad para el dragado y profundización del canal de acceso a la Bahía de Cartagena. La comunidad de Caño del Oro recibirá una compensación que se estipulo de acuerdo con los análisis de los impactos ambientales en la suma de dos mil millones de pesos, los cuales serán distribuidos así: Fortalecimiento del Consejo Comunitario un 20%, desarrollo social, expresiones culturales y construcción de un centro recreacional, 45%, fuente de ingresos, que tiene que ver con el fortalecimiento y compensación a las familias pescadoras, 25% y la capacitación y conformación de micro empresas, 10%. En la comunidad de Bocachica la compensación quedó establecida en tres mil millones de pesos

 El abogado y asesor jurídico del Consejo Comunitario de Caño del Oro, Wilman Herrera Imitola, resaltó que independientemente al reconocimiento compensatorio por los perjuicios y daños ambientales que sufre las comunidades, la mayor preocupación, es la protección costera; pues, Caño del Oro y Bocachica hacen parte de la zona de influencia del proyecto.  “El Gobierno se comprometió a través de InvíasFDN , de manera priorizada para realizar los estudios y diseños,  para  la ejecución de la protección costera de las comunidades negras de Caño del Loro y Bocachica, por tratarse de unas obras registrados y autorizadas por la ley 1 del 1991 artículo 7, modificada por la ley 856 de 2003, parágrafo 1 y 4, garantizando la participación activa y efectiva de las comunidades registradas en la elaboración, evaluación de los estudios mencionados”, enfatizó Herrera Imitola.

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