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Encrucijada del Invías por conocer quién lleva las demandas contra el instituto

En un comunicado, el Instituto Nacional de Vías, Invías, se declaró a la espera de un pronunciamiento de la Corte Constitucional y del Consejo Superior de la Judicatura.

En un comunicado, el Instituto Nacional de Vías, Invías, se declaró a la espera de un pronunciamiento de la Corte Constitucional y del Consejo Superior de la Judicatura, para que diriman el conflicto de competencias sobre quién debe llevar los procesos de demandas contra Invías, si son los jueces administrativos o civiles, que mantiene a la institución en una verdadera encrucijada. Según el comunicado, las demandas presentadas contra el Invías por propietarios de predios a partir del año 2000 aproximadamente, con el argumento de que éste había ocupado la franja para construir la vía sin contar con un justo título para ello, piden la devolución de los predio y los créditos del mismo durante todo el tiempo en que había estado ocupado por la vía

Sin embargo, el Invías espera que estos procesos sean declarados nulos ya que de acuerdo con la Constitución Política, debían tramitarse ante jueces administrativos y no ante jueces civiles como ocurrió en todos los casos

Señala la comunicación del Instituto, que en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Sucre, Magdalena, Cesar y Córdoba, las demandas fueron presentadas ante jueces civiles de los municipios y a la fecha suman 280 procesos judiciales contra el Invías que representan para la entidad una contingencia judicial que supera los 350 mil millones de pesos, y en la cual ya se han proferido sentencias de cuantías inusitadas, en donde el valor de la indemnización por la supuesta ocupación ilegal de la franja en donde está la vía, supera el valor comercial del predio. Sobre este punto, el Invías ha hecho uso de todo tipo de recursos y acciones judiciales, e incluso ha logrado a través de acciones de tutela que, en dos ocasiones, la Corte Constitucional se haya pronunciado sosteniendo que en efecto estos procesos son nulos por no haber sido tramitados ante jueces administrativos

En el mismo sentido y con el invaluable y decidido apoyo de la Procuraduría General de la Nación, el INVIAS ha logrado a través de incidentes de nulidad que el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Sincelejo, declare la nulidad de algunos de estos procesos y, finalmente, a través del planteamiento de conflictos de competencia ha logrado que el tema haya sido objeto de pronunciamiento por parte del Consejo Superior de la Judicatura

Adicionalmente, el Invías considera que existen situaciones en estos procesos que ponen en evidencia posibles irregularidades, no solo por la exorbitancia de las indemnizaciones establecidas por los peritos y adoptadas por los jueces sin reparo, sino por el hecho que las demandas hayan sido tramitadas con una asombrosa agilidad, y por toda una serie de coincidencias que indican la existencia de una verdadera organización alrededor de los procesos. No obstante lo anterior y en contra de lo que han dicho la Corte Constitucional y algunos Tribunales Superiores, los jueces civiles continúan admitiendo y tramitando este tipo de demandas, alegando que los efectos de la tutela son interpartes y que por ello sólo cobijan los procesos que fueron específicamente tratados en las sentencias

La falta de claridad por parte del Consejo Superior de la Judicatura mantiene al Invías en una verdadera encrucijada jurídica, ya que al decidir un conflicto de competencias promovido por Invías en uno de estos casos, el Consejo determinó mediante providencia del 06 de abril de 2005 que estos procesos debían tramitarse antes los jueces administrativos. Posteriormente, mediante sentencia de diciembre de 2010 cambió de postura, y decidió en otro caso exactamente igual que la competencia era del juez civil. Finalmente, mediante sentencia de mayo de 2011 en otro asunto idéntico, volvió a decidir que la competencia es del juez administrativo

Finalmente asegura el Invías, que además de los procesos en curso, existen a la fecha cuantiosas condenas en firme emitidas por jueces civiles que suman más de 13 mil 900 millones de pesos y si el Consejo Superior de la Judicatura mantiene la tesis de que la competencia corresponde a los jueces administrativos, pero que tendrán que ser pagadas con intereses si dicha Corporación vuelve a la teoría de que los competentes son los jueces civiles.

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