Procesos judiciales demorarían máximo un año, según proyecto aprobado en la Cámara
Un capítulo del extenso proyecto de 572 artículos establece está dedicado a defender los derechos de consumidor.
Los procesos judiciales en materias comercial, de familia, agrario y civil, entre otras, no demorarán más de un año en su primera instancia, según el proyecto de ley denominado Código General del Proceso, que además establece medidas de protección a los consumidores
La iniciativa del gobierno unifica los procedimientos en varias materias del derecho, como el civil, comercial, agrario y de familia, además de algunos aspectos del penal y adecuando el contencioso administrativo, dijo el viceministro de justicia, Pablo Felipe Robledo
"Los procesos judiciales tendrán una definición máximo un año en la primera instancia y de no más de seis meses en segunda", afirmó el Viceministro al destacar que esos procesos serán de carácter oral
Señaló como una novedosa norma el establecimiento de un juez con la inmensa posibilidad de decretar medidas cautelares para garantizar, de manera anticipada a la sentencia, la protección de los derechos. "Tendrá totales poderes para adoptar decisiones al inicio del proceso y garantizar efectivamente los derechos del ciudadano", sostuvo Robledo
Un capítulo del extenso proyecto de 572 artículos establece está dedicado a defender los derechos de consumidor. Si una persona compra un televisor, una plancha, una lavadora, por ejemplo, tendrá posibilidad de reclamar y hacer efectivos los derechos que se derivan de las relaciones de consumo, a través de la Superintendencia de Industria y Comercio, o de un juez en su defecto, para que de inmediato se restauren sus derechos con un nuevo elemento o su valor en dinero, dijo uno de los ponentes, el representante Alfonso Prada
El viceministro Robledo destacó también que se establece el llamado "proceso monitorio", figura del derecho en otros países, que permite que en ausencia de un título ejecutivo que permita un proceso ejecutivo, pero que exista un vestigio de que implica que deba reconocerse una obligación, en un procedimiento expedito se resuelva rápidamente por un juez
Para Prada el proceso monitorio operará, por ejemplo, cuando hay una letra de cambio. Con su sola existencia el juez podrá citar a conciliación al tenedor y al girador y ordenar su inmediato pago, sin llevar a un extenso proceso ejecutivo que hoy demanda hasta cinco años
Dicho proceso monitorio se adelantará por cualquier cuantía y sin necesidad de abogado, dijo Prada