Suspenden juez que habría beneficiado irregularmente con detención domiciliaria a algunos detenidos
La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la suspensión del juez quinto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Cali.
La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la suspensión del juez quinto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Cali, por su responsabilidad en decisiones que beneficiaron irregularmente a algunos reclusos con el beneficio de detención domiciliaría. Dicha sanción señala que el juez fue destituido del cargo e inhabilitado por el término de diez años para ejercer funciones públicas, al tiempo que prorrogó por un término de tres meses la medida de suspensión provisional
La imputación jurídica y fáctica se fundó en su conducta sistemática y reiterada consistente en la irregular sustitución de prisión domiciliaria a cerca de 30 condenados. Asimismo y una vez analizada la prueba concluyó que el funcionario incurrió en dos hechos; el primero, que otorgó beneficios de sustitución de prisión domiciliaria a varios internos sin fundamento alguno y no aparece auto en el que se expongan las razones de hecho o de derecho que viabilicen la medida. El segundo hecho señala que omitió los controles necesarios para conceder los aludidos beneficios dando lugar a que su asistente jurídica los otorgara suplantando su función en forma ilícita con evidente menoscabo de los fines de eficacia que corresponden a la administración de justicia. El 22 de Julio del año 2010, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca, declaró disciplinariamente responsable al doctor Héctor Armando Caicedo Pazmiño y lo sancionó con la medida que fue confirmada por el Consejo Superior de la Judicatura




