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Pasó en el Congreso el referendo de la cadena perpetua

La iniciativa fue conciliada favorablemente tanto en el Senado como en la Cámara, con precisiones frente al texto original y con un parágrafo agregado en sus dos últimos debates.

El referendo para establecer penas como la cadena perpetua para los agresores de menores de edad se convirtió en la primera ley que convoca al pueblo a votar una reforma constitucional, de los tres proyectos de iniciativa popular presentados durante el último año en el Congreso

La iniciativa fue conciliada favorablemente tanto en el Senado como en la Cámara, con precisiones frente al texto original y con un parágrafo agregado en sus dos últimos debates

La propuesta busca reformar el artículo 34 de la Constitución Nacional, que hasta el momento prohíbe el establecimiento de penas como el destierro, la confiscación de bienes y la cadena perpetua de prisión

Al respecto se levanta la restricción para instaurar la prisión de por vida en casos específicos de agresiones contra menores de edad, como asesinato, secuestro y violación y explotación sexuales

El texto aprobado por el Congreso en último debate es el siguiente: “El artículo 34 de la Constitución Política tendrá un tercer inciso que quedará así: “En relación con los delitos de homicidio doloso, violación y explotación sexual, lesiones personales agravadas y secuestro cometidos contra menores de 14 años y menores de edad con discapacidad física y/o mental, se podrá imponer hasta la pena de prisión perpetua, de acuerdo con la ley

“PARÁGRAFO. El Estado, a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, formulará y aplicará una política de prevención tendiente a evitar la comisión de delitos contra menores de edad”

El primer referendo aprobado en esta legislatura, que fue el último en presentarse, pasará a sanción presidencial para su promulgación como Ley de la República. Y posteriormente debe pasar a control de la Corte Constitucional, que dirá la última palabra sobre la propuesta en materias de fondo y de trámite

En caso de ser avalado por la Corte Constitucional, la Registraduría Nacional del Estado Civil debe convocar a los colombianos para que en votación decidan si apoyan o no la propuesta presentada

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