Borrón y cuenta nueva para deudores morosos que paguen
La Corte Constitucional declaró exequible la ley de Hábeas Data, que regula el manejo de la información crediticia contenida en las bases de datos de las centrales de riesgos.
La Corte Constitucional declaró exequible la ley de Habeas Data que regula el manejo de la información crediticia contenida en las bases de datos en las centrales de riesgos. Con esta determinación se daría vía libre al llamado “borrón y cuente nueva” si los deudores pagan sus obligaciones seis meses después de la vigencia de la ley. Así mismo la Corte avala el hecho de que las centrales de riesgo tengan que avisar al ciudadano antes de darle un reporte negativo como moroso. La Corte declaró la constitucionalidad del término máximo de permanencia de la información financiera sobre incumplimiento de obligaciones de cuatro años. Sin embargo, estableció que en caso de que la mora sea inferior a dos años, el término de permanencia de dicha información no podrá exceder el doble de la mora. Igualmente señaló que el tiempo máximo de cuatro años también se cuenta a partir del momento en que se extinga la obligación por cualquier modo. También se declaró constitucional los beneficios a los deudores que a la entrada en vigencia de esta ley se pongan al día en el pago y ya hubieran permanecido al menos un año en los bancos de datos, contados a partir de dicho pago, tienen derecho a la exclusión inmediata de ese reporte. Lo mismo aplica para los deudores que se encuentran al día y cuya información de incumplimiento no hubiere permanecido en los bancos de datos al menos un año después del pago, caso en el cual dicho reporte solo podrá permanecer por el tiempo que hiciere falta para cumplir el año contado a partir del pago. Esta determinación por tratarse de una ley estatutaria será remitida al presidente de la República para su sanción y entrada en vigencia.
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