Avanza proyecto de ley para condonar intereses por mora en pago de impuestos
A solo un paso de convertirse en ley de la República quedó un proyecto que condona parcialmente los intereses corrientes y de mora por concepto de todo tipo de impuestos causados desde el año 2005 hacia atrás y establece una exenciones tributarias a las personas secuestradas.
A solo un paso de convertirse en ley de la República quedó un proyecto que condona parcialmente los intereses corrientes y de mora por concepto de todo tipo de impuestos causados desde el año 2005 hacia atrás y establece una exenciones tributarias a las personas secuestradas.El perdón parcial de intereses se aplica a todo tipo de impuestos y contribuciones nacionales, departamentales, municipales y distritales, tales como IVA, industria y comercio, vehículos, predial, renta y complementarios.La iniciativa, de origen parlamentario, ordena que en los seis meses siguientes a la promulgación de la ley, el moroso pueda efectuar el pago, mediante acuerdo con la entidad, perdonando el 30 por ciento de los intereses.También permite pagar por cuotas la deuda total, con la condonación parcial de intereses, pero los excedentes tendrán una financiación con tasas fijas no mayores del 18 por ciento anual.El proyecto, al que solo le falta un debate en el Senado, establece un régimen especial de impuestos para los secuestrados y los familiares que dependen económicamente de ellos.Al respecto expresa que no se generarán sanciones ni intereses moratorios por obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias nacionales o territoriales durante el tiempo en que vivan secuestrados. El mismo tratamiento cobija al cónyuge y los familiares del secuestrado que dependan económicamente, hasta el segundo grado de consanguinidad.




