El gobierno se alista para millonaria 'pelea' jurídica con Bancolombia
El gobierno delegó en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, la responsabilidad de adelantar todas las acciones jurídicas contra el Bancolombia encaminadas a hacer efectivo los derechos que tiene supuestamente el Fogafin sobre las Sociedades Sierras del Chicó Limitada y Chicó Oriental Número Dos Limitada
El gobierno delegó en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, la responsabilidad de adelantar todas las acciones jurídicas contra el Bancolombia encaminadas a hacer efectivo los derechos que tiene supuestamente el Fogafin sobre las Sociedades Sierras del Chicó Limitada y Chicó Oriental Número Dos Limitada.Las dos sociedades son dueñas de unos lotes en la zona nororiental de la capital del país, que según estimaciones del gobierno, podrían valer hasta cien mil millones de pesos.El lío jurídico que posiblemente tendría que dirimir el Tribunal Superior de Cundinamarca se remonta al año 1994 y a un reciente fallo de un Tribunal de Arbitramento que resolvió en parte algunas controversias que sostienen el Bancolombia y el Grupo Gilinski.Según explicó el Ministerio de Hacienda, en 1994 el Fogafin y el Bancolombia suscribieron un contrato mediante el cual la entidad financiera se obligó a entregar o subrogar al Fondo sus derechos sobre Sierras de Chicó y Chico Oriental en desarrollo de un acuerdo sobre contingencias según el cual el Estado se haría cargo de las consecuencias económicas que se hubiesen derivado de posteriores acciones judiciales contra el banco.Al darle la razón al Bancolombia en sus reclamaciones contra Jaime Gilinski, el Tribunal de Arbitramento desconoció los derechos del Fogafin sobre las mencionadas sociedades que ahora el gobierno anuncia que defenderá ante diferentes instancias judiciales. El Fondo de Garantías explicó que las acciones legales que interpondrá, perseguirán exclusivamente la defensa de sus intereses a los cuales se refirió el laudo arbitral sin que el Fogafin tuviera la oportunidad de ejercer su derecho de defensa y que por lo tanto las mismas no se dirigirán contra las decisiones de fondo adoptadas por el Tribunal de Arbitramento las cuales solo afectan a las partes en controversia.




