La Corte Suprema amplió la posibilidad para reclamar la pensión de invalidez o sobreviviente
La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia sentenció que es suficiente con demostrar que se cotizó el número de semanas que exigía el régimen anterior a la Ley 100, para reclamar la pensión de sobreviviente e invalidez
La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia sentenció que es suficiente con demostrar que se cotizó el número de semanas que exigía el régimen anterior a la Ley 100, para reclamar la pensión de sobreviviente e invalidez. El presidente de esta corporación, magistrado Eduardo López, dijo que la decisión se fundamenta en la aplicación de la situación más favorable, ante la ausencia de un régimen de transición específico, pues la Ley 100 sólo lo reguló para el tema de la pensión de vejéz. Para la Corte, "sería una paradoja jurídica entender que quien había cotizado dentro del régimen anterior con abundancia de semanas, quede privado de la pensión por falta de las 26 semanas exigidas en el nuevo régimen, ya que de antemano tenía consolidado un amparo para sobrellevar la invalidez dentro del régimen antiguo. Con esta decisión la sala laboral de la Corte Suprema determina que los principios del sistema de seguridad social desvirtúan la necesidad de un régimen de transición particular para la protección de la invalidez. Además el fallo precisa que en estos eventos los beneficiarios de las pensiones de sobrevivientes tampoco pierden el derecho aunque el afiliado fallecido se hubiere traslado del régimen, siempre y cuando la densidad de semanas cotizadas hayan sido suficiente para cumplir con las exigencias que antecedían a la Ley 100.




