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Servicios públicos no podrán suspenderse en cárceles de Colombia

La Corte Constitucional advirtió que las empresas de servicios públicos no podrán suspender su prestación en las cárceles del país, por falta de pago.

Bogotá.----La Corte Constitucional advirtió que las empresas de servicios públicos no podrán suspender su prestación en las cárceles del país, por falta de pago.
El alto tribunal reconoció el derechos a la vida y la salud, y a la integridad física de 270 reclusos de la cárcel las Mercedes de Cartago , Valle, afectados por continuos racionamientos en los servicios públicos por por atrasos en las facturas.
La Corporación anotó que las empresas deben utilizar los medios judiciales a su alcance , pero en ningún caso , cortar el servicio.

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