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Amazonas

Reforma constitucional busca prohibir explotación de petróleo en Amazonía

El proyecto fue aprobado en primer debate en la Cámara de Representantes

El representante a la Cámara por el departamento de Caquetá, Harry González, en diálogo con Planeta Caracol explicó la importancia del proyecto de reforma constitucional que buscar prohibir la explotación de petróleo en la región amazónica colombiana.

La comisión primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate esta iniciativa, con un mensaje contundente para la protección efectiva de la Amazonía colombiana, que no solo está amenazada por la deforestación y la minería ilegal, sino también por la explotación de hidrocarburos.

El representante Harry González, líder de la iniciativa, afirmó que existen evidencias sobre la afectación a los ecosistemas de la explotación petrolera en el Putumayo certificadas por Corpoamazonía y la Agencia Nacional de Licencias Ambientales. También en Valparaíso y Morelia en el Caquetá.

Harry González manifestado que "si se quiere proteger la región amazónica colombiana, se quiere luchar contra el cambio climático, se quiere garantizar la biodiversidad en esta región, promover el desarrollo sostenible, garantizar la protección de los recursos naturales, de la fauna, de la flora y especialmente el agua de este territorio, hay que garantizar que no se explote el petróleo en la región amazónica colombiana".

El 20% del total de oxígeno de todo el planeta proviene de la selva amazónica ya que absorbe millones de toneladas de dióxido de carbono; se estima que hay un total de 390 mil millones de árboles en el Amazonas; es uno de los lugares que más contribuyen a ralentizar el cambio climático debido a su gran labor, regulando así el clima mundial. Se calcula que hay más de 3.000 especies de frutas comestibles que alimentan no sólo a tribus, sino también a muchos animales.

El proyecto de reforma a la Constitución política busca modificar el artículo 360 de la Constitución agregando un parágrafo que dice: “Se aplicara´ sin perjuicio de los derechos adquiridos por quienes se encuentran desarrollando actividades de exploración de hidrocarburos en la región a la fecha de expedición del presente Acto Legislativo. Cuando se trate de contratos o actos administrativos que autoricen la explotación, y que estén vigentes a la fecha de expedición de este Acto Legislativo, estos podrán continuar surtiendo efectos hasta la fecha de terminación prevista, sin lugar a renovación o prorroga”.

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