¿Qué efectos tiene la decisión de la Corte Constitucional en el caso Arias?
Panelistas opinan que fallo a favor de Arias era de esperarse; otros creen que con esta decisión se abre la puerta a que no se cometan injusticias.
En Hora 20 analizamos la decisión que tomó esta tarde la Corte Constitucional al concederle la doble conformidad a Andrés Felipe Arias. Una mirada a las sanciones que han impuesto los entes de control a quienes han hecho uso indebido de los recursos para atender la emergencia por el coronavirus. Por último, qué pasaría si la capital se queda sin servicio público de transporte.
Con la decisión que tomó esta tarde la Corte Constitucional sobre el caso de Andrés Felipe Arias al concederle el amparo al derecho fundamental de la doble conformidad, se escribe un nuevo capítulo en el caso del exministro de Agricultura. La Corte ha dicho que esta decisión permitirá que Arias pueda impugnar su sentencia condenatoria ante la Corte Suprema de Justicia, que en un principio no estaría tumbando la cosa juzgada.
La decisión que quedo cinco a cuatro, estos últimos salvaron su voto, porque consideran que es el congreso el que debe abrir la puerta a la doble conformidad retroactiva. La decisión de la corte se da porque consideran que Arias tiene derecho a la doble conformidad como garantía al derecho procesal, porque es un derecho consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos, también se basan en una sentencia de la CIDH en un caso contra Surinam en enero de 2014 donde se pide que se respete la doble conformidad. El magistrado Alberto Rojas, que salvó su voto dijo que Arias no recobrará su libertad con ocasión de esta decisión, ya que es una impugnación devolutiva, y la sentencia condenatoria surtirá efecto hasta que se resuelva la impugnación.
Este nuevo capítulo responde a una tutela que Arias interpuso ante la Corte Constitucional para tener derecho a la doble conformidad; lo intentó hacer cuatro veces ante la Corte Suprema en las salas Laboral, Penal, Civil donde nunca fueron aceptadas. Todo este camino se da ya que Arias ha insistido que es inocente de los delitos de contrato sin cumplimento de requisitos legales y peculado por apropiación en el escándalo del programa Agro Ingreso Seguro, por los que fue condenado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en julio de 2014 a 17 años y cinco meses de prisión. Frente a esa decisión ha dicho que fue politizada por una corte que estaba en contra del gobierno del turno al cual él perteneció. En ese momento Arias fue condenado en una única instancia, ya que esas eran las reglas en ese momento para los aforados, ser condenados por la máxima autoridad penal del país en una única instancia; esta situación cambió en 2018 cuando el Congreso legisló en la materia y se aprobó la doble instancia para los aforados, pero no se tuvo en cuenta para hacerlo de manera retroactiva, asunto por el cual hoy Andrés Felipe Arias sigue insistiendo.
Su defensa ha dicho que agradecen a la Corte por salvaguardar este derecho fundamental y por reconocer el bloque de constitucionalidad. Marcel Tangarife, otro de sus abogados dijo que esta decisión “va a dividir la historia de Colombia en dos partes. Los colombianos de bien estamos ansiosos de ver el proceso de fortalecimiento de la justicia”
Otro de los efectos que se esperaba de esta decisión, es qué va a pasar con los aforados que fueron condenados en única instancia por la Corte Suprema y que hasta el momento no han tenido derecho a la doble conformidad. En el fallo de hoy la decisión es interpartes y no resuelve del todo el interrogante de qué pasaría con los actuales condenados. Sin embargo, esta decisión sí crearía un precedente para los más de 230 condenados por parapolítica y corrupción. Para expertos el boquete que se abre sería demasiado amplio y que la lluvia de demandas que le llegarían al Estado sería innumerable
Lo que dicen los panelistas
Para Juan Esteban Lewin, periodista y editor general de La Silla Vacía, la decisión de la Corte era predecible en la primera parte. “Hay unos precedentes claros sobre este derecho. El año pasado una sentencia en el caso de Morales, un excongresista, condenado recientemente en el que se decía que sí había derecho a impugnar” dijo frente a los antecedentes en el tema.
Para Lewin resulta interesante que la Corte toma un caso de la CIDH en 2014 contra Surinam en el que dice que las personas condenadas en única instancia tienen derecho a impugnar la sentencia. Agrega que, con ese estándar internacional tenido en cuenta, se estaría aplicando al caso de Andrés Felipe Arias. También explica que, con ese argumento, se podría abrir la puerta para que los condenados en Colombia por la Corte Suprema de Justicia en una única instancia después de enero de 2014 podrían hacer uso de la doble conformidad y lograr que sus casos sean revisados. Con la decisión en el caso de Arias, se crearía un precedente y según Lewin se les abriría la puerta a al menos 40 personas ya condenadas.
Según María José Pizarro, Representante a la Cámara por la Colombia Humana, lo que el exministro estaría buscando es una rebaja en su pena, no la posibilidad de queda libre en algún motivo, pero sí una rebaja. Agrega que los efectos jurídicos en esta sentencia son interpartes, pero dice que esta decisión genera precedente que abriría la puerta a 230 condenados en primera instancia. Considera que uno de los puntos a tener en cuenta es cómo la Corte Suprema de Justicia va a poder solventar este caso y quiénes serán los jueces encargados en la segunda instancia que se le estaría otorgando a Andrés Felipe Arias.
Recordó que el uribismo a tomado este caso como una persecución política, pero se desconoce que en su momento los que lo acusaron desde la Fiscalía y lo sancionaron desde la Procuraduría son funcionarios del actual gobierno. “El discurso de la persecución política es muy elaborado" concluye.
Para Jorge Iván Cuervo, abogado, columnista y profesor universitario, la condena de Arias no es una condena arbitraria y explica que, es una revisión de sentencia, ya que se aplica la doble conformidad y no la segunda instancia. La Corte Suprema debe crear una sala especial y tendría tres escenarios para decidir en el caso de arias: la primera es rebajar la pena; la segunda que se absuelto y la tercera que la sentencia de 2014 sea ratificada, pero en ningún escenario se puede comprender el aumento de la pena.
Afirma que es un alivio que la Corte diga en su comunicado que ellos parten del hecho de no desconocer la firmeza de la condena; la condena se presume legítima, ahora el trámite que se debe hacer es que se revise. Asegura que el trámite de la revisión no es fácil ni corto. “En la presentación de demanda de debe dejar claro dónde que se violaron garantías o no hubo pruebas. No es sencillo el resultado. Debe ser atendido por magistrados que no estuvieron en el fallo anterior y se podría resolver con un magistrado “ad hoc.”
Frente al choque de trenes entre las altas cortes, dice que la decisión que tomó hoy la Corte Constitucional poco le va a gustar a la Corte Suprema de Justicia. “Puede que haya cierta incomodidad, pero no al punto del desacato. Este tipo de discrepancias en las altas cortes se resuelven de una manera muy institucional.”
Miguel Uribe, abogado y exsecretario de Gobierno de Bogotá, señaló que lo más importante es proteger las injusticias, evitar la parcialidad y los abusos. Considera que la doble instancia es importante entendida como un consensó y un derecho que tienen los condenados. Agrega que no es bueno politizar la justicia, que no debe haber doble moral y que los derechos deben ser aplicados para cualquier persona.
Agregó que la revisión de la sentencia no quiere decir que sea inocente, pero implica cumplir con la responsabilidad de que esa persona acceda a un derecho amparado por la constitución.