“El derecho fundamental a la información también tiene límites”: experta
Sara Ibáñez, experta en Derecho Informático, explica los alcances del buen uso de las redes sociales.

“Toda información que se divulgue en redes sociales deben ser comprobable, sobre todo cuando se trata de la honra y el buen nombre de la personas”, consideró Sara Ibáñez, experta en Derecho Informático, al referirse a una nueva sentencia de la Corte Constitucional sobre el tema.
Según la experta, el dicho de que “mis derechos llegan hasta donde comienzan los del otro” es aplicable a este fallo, pues “el derecho fundamental a la información también tiene límites, sobre todo cuando se trata del respeto y el buen nombre de otras personas”.
“Amparándome en que tengo derechos, no puedo difundir en mis redes sociales información errónea de otras personas porque ahí ya comienzan a afectarse los derechos de una persona o un conglomerado”, señaló Ibáñez.
Según la consultora, aunque el tema es subjetivo, “una cosa es opinar en privado de alguien y otra es hacerlo en redes sociales. Hay que tener en cuenta el tema de las pruebas cuando entro a calificar a alguien, a pesar de que en Colombia toda persona es inocente hasta que se le demuestre lo contrario. Todo daño a la honra o al buen nombre de las personas, puede generar perjuicios económicos y acciones penales”, dijo la experta.




