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El transporte aéreo es un servicio público esencial: Mintrabajo

De esta manera argumentó la convocatoria del Tribunal de Arbitramento para Avianca e instó a las partes a nombrar sus árbitros rápidamente.

El transporte aéreo es un servicio público esencial: Griselda Restrepo

El transporte aéreo es un servicio público esencial: Griselda Restrepo

21:43

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La ministra de Trabajo, Griselda Restrepo, defendió la convocatoria de un tribunal de arbitramento para solucionar el pleito laboral entre la empresa Avianca y los pilotos afiliados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC) argumentando en forma reiterada que “es un servicio público esencial”, aunque se abstuvo de responder si los pilotos deben o no regresar de inmediato al trabajo.

Sin embargo, en el ámbito judicial se señala que el derecho a la huelga está limitado “en aquellas actividades que constituyan servicios públicos esenciales”. Precisamente, una sentencia de la Corte Constitucional de 1997, cuyo magistrado ponente fue Hernando Herrera Vergara, dice que “La garantía de ese derecho (el de la huelga) no se consagró en forma absoluta; únicamente, se vio limitada en aquellas actividades que constituyan servicios públicos esenciales. La prevalencia que constitucionalmente se señala en favor de los derechos fundamentales de los usuarios de los servicios públicos esenciales no reporta ninguna violación al derecho de huelga, como tampoco a los de asociación sindical ni al trabajo, toda vez que esa fue la valoración que el Constituyente de 1991 decidió otorgarles en esta particular situación.

Qué es un servicio público esencial?

De acuerdo con el portal Enciclopedia Jurídica, los servicios públicos esenciales son, ante todo, los que se vinculan a la subsistencia física del individuo.

Por ejemplo, provisión de agua potable, servicio de farmacia, abastecimiento de pan, carne, leche y de otros artículos alimenticios de primera necesidad. Son también esenciales los servicios públicos de influencia fundamental para la vida comunitaria, al extremo de que, sin tales servicios, no se concibe el correcto funcionamiento del estado moderno; ejemplos; defensa nacional, policía de seguridad instrucción primaria, comunicaciones, transporte, suministro de energía eléctrica, etcétera.

Las razones para convocar el tribunal

La ministra de Trabajo, Griselda Restrepo, dijo en dialogo con 6AM Hoy por Hoy que la ley establece que cuando hay un conflicto entre un sector sindical y un sector empresarial, y no se resuelve en los primeros días, se debe acudir al tribunal de arbitramento ya que se está prestando un servicio público esencial.

Recordó que el tribunal de arbitramento estará conformado por 3 árbitros: uno por parte de la empresa, otro por parte del sindicato, y un tercero que se define a través de un sorteo. Si una de las partes no designa su árbitro en tres días hábiles, también se procede a designarlo por sorteo.

En cuanto a la convocatoria a este instrumento de tribunal de arbitramento, afirmó que al ser este un servicio público esencial, “nosotros entregamos una formula pero es un trabajo de ambas partes, hay un país esperando”.

Recordó que esta huelga ha generado graves afectaciones en diferentes sectores, por lo que aseguró que “yo espero que la empresa tenga con el país la responsabilidad con los pasajeros en la primera instancia de la discusión”. Así mismo, afirmó que “hacemos un llamado a la partes a encontrar los mecanismos para encontrar una solución”.

La ministra recordó que en los días de huelga de los pilotos de Acdad han sido cancelados 1.954 vuelos y se han dejado de transportar a alrededor de 180.000 pasajeros.

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