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Absuelven al juez Guillermo Rodríguez Garrido en proceso por prevaricato

El togado era procesado desde hace 11 años por haber fallado una tutela que amparó derechos pensionales de una exprocuradora judicial.

Absuelven al juez Guillermo Rodríguez Garrido en proceso por prevaricato

Absuelven al juez Guillermo Rodríguez Garrido en proceso por prevaricato / Foto de referencia

 La sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Sincelejo absolvió en un fallo de primera instancia al juez  Juez Primero Promiscuo de Familia de Sincelejo Guillermo Ramón Rodríguez Garrido de los cargos de prevaricato por acción en concurso homogéneo y peculado por apropiación a favor de terceros.

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 Se trata de una larga batalla jurídica que desde hace 11 años sostiene el togado luego de proferir un fallo de tutela amparando derechos de una trabajadora en 2011.

 En su momento el juez Rodríguez consideró que a la exprocuradora judicial Julieta Albis González le habían violado los derechos fundamentales del debido proceso administrativo, seguridad social, mínimo vital e igualdad basándose en las normas vigentes en esa fecha.

Según el abogado Jairo Restom , apoderado el juez Rodríguez en este proceso, su defendido falló considerando que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) le liquidó mal su pensión a González.

Lo anterior porque , según el fallo y según Restom, no tuvo en cuenta que la tutelante pertenecía al régimen de transición.

“ ese fallo de tutela ordena pagarle los emolumentos laborales que no se le estaban pagando y que se le reliquidara de acuerdo con el régimen pensional al cual pertenecía”, explico el abogado Restom.

El proceso en contra del juez Rodríguez , a juicio de su abogado, se origina porque los criterios sobre los topes pensionales no estaban unificados en la jurisprudencia de las Cortes.

“Esto quiere decir que la Corte Constitucional tenia una posición diferente a la Corte Suprema de Justicia, en su sala laboral y el Consejo de Estado también tenía una posición sustancialmente distinta” explicó Restom.

Es decir , que los jueces de superiores de los órganos de cierre no estaban de acuerdo sobre la forma de resolver el problema jurídico según se desprende del argumento del abogado Restom.

El Juez Rodríguez Garrido falló la tutela, que lo metió en el lio judicial, acogiendo el concepto del Consejo de Estado sobre el caso expuesto en su despacho y no del de la Corte suprema de Justicia que sugería que la liquidación pensional debía tener en cuenta unos topes.

“ lo que hemos podido demostrar en el proceso es que habiendo esta diversidad de criterios jurídicos en las altas cortes el doctor Rodríguez garrido no podía prevaricar por la sencilla razón de que una decisión de esa naturaleza no podía ser manifiestamente grosera”, expuso Restom.

El abogado destacó que su defendido tomó una decisión acogiendo el criterio de alto tribunal( Consejo de Estado) que no está siendo investigado por prevaricato por ese criterio. “ luego entonces su criterio era válido en ese momento”, acota.

El abogado Restom explicó que en 2018 y 2021 las altas cortes , ahora si, dictaron una sentencia de unificación de criterios con relación a los topes pensionales.

El fallo del Tribunal al decidir sobre el caso contra el Juez Guillermo Ramón Rodríguez Garrido le da la razón a la defensa en el sentido de que el fallo de tutela de Rodríguez Garrido estuvo ceñido a las normas que sobre el tema pensional estaban vigentes en el momento que profirió esa sentencia.

Según el abogado Restom la Fiscalía apeló el fallo que absuelve a su defendido pero confía en que en segunda instancia también será en igual sentido, es decir , su defendido será absuelto definitivamente.

El juez Rodriguez Garrido habia sido imputado en 2019 en relación con este proceso por que según la Fiscalía al momento de resolver dicha tutela, no examinó los requisitos de procedibilidad de la acción constitucional, tales como los de subsidiariedad, vulneración del mínimo vital y la existencia de un perjuicio irremediable, permitiendo el pago de 874 millones de pesos.

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